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:ron
,,.ni
fne
hastante para el
estr~ito
con
qne se puhlic6 ; _si
h~en
la Inglaterr_a
mis–
ma dehi6 sostener estos
proc_edi~ientos,
como obligada
por
el
ea_p._
8
de
Utrech
a
ga–
rantir las
leyes
fundamentales del reino que
prohihen
a
los
esf!anjer~s
]a
entrada
J
tra-
' .f.o
ea
nuestros -mares
~
domioios
de la Ani0-
ric~;
pero ;;han tenido 6 tienen por veotn–
ralos
seii.oresingleses
algun
pacto que
ele~
-gar,
para que
los
espaiiole~
les
-dejasen
y .
de.jen-desa?1paradas
SUS-
cos!as
y
desiertos
sus golfos a fin de que el en1amhre· de sus
bajeles vaya libre.
y
sin obstaculo
a
chupar
-sus
mina~?
No-_hay
tratado que
tal
consien–
ta ,
ni
el dere-cho de las. gentes que tanto
declaman se ha estendiao ni cstiende
a
es-
as amplitudes.
-i.
Hao ido acaso Ios
espaiio–
les
eon
violacion dcl sagrado
de la
paz -
a
inq'Qietar
SUS
colonias,
a
inlJlidar
COD
cla._.
destinos
tratos sns
f>lantaciones,
ni
a.
rohai
·sns
frutos
6 sus
-haherest j,Pnes en
qµe
se
-fnndarcm estas quejas? Solo en la Jalsedad
con ·que
la
decantaron., cuyo
~orro!l
jamas
:eo~ra?
quitarse,
porqu~ ~iempre
que se
re-
~onoc10
en 1as. presas hechas por -nuestros
guarda-costas.
la
falta de aquellos requisi–
tos
necesarios
a
su v.alidacion , se mandaron
l"eSlituir .
a
su.s dueiios
}
de qne
-$6_
infiere
u.e
cuan o e ·
Ia
~mer.
ca se ha
ohrado, lia