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De pon~de.&~

menfuris.l.í·

1

ay

vria

medida

para

cÓp(ar

y

otrá pata

v~nder,

de

q

~lgunas v.ezes los compra–

dore~,yotí~ vezes los védedores

rccibé

engaño

y

agtauio:,

y

dello

fe

figué pl:y-

. tos

y

contiendas, fobre lo qual

c1

~enor

Réy

don

Uua nro

pad;rede gloriofa

me-

, mórÍá;cuya anima

Dios

aia,en

las corees

q

hizo en Madrid,el

añoq

pafodc

creyh·

ta

y

cinco años, hizo

y

ordeno

vna

ley

con .ciertós

capítulos,

q

en

eíl:e ca

fo

di

f–

pon'en

larga

y

exprefam-ertce:

fu

tenor

d·e

las

qúales es efte que

fe

~gue.

'

.

.

.

~

Jde(l!,Jon

Enrique.JI.

en

Bu~gos,c!a,de.14

r_>_.

_.

púi.s~Idem

~~foro

m

~aspeti.era.14~7.

pet1.1.

y

enToledoano.6-1. .pet1.24.Don Ennque.1111.

Yten,que

en

todos

I.os

pefos q~e en·

·q1ulquíeramaneravuiercen l0sm1s

rey

nos

y

feñorios,q

fean las libras

yg.ualcs,

demanera

q

aya en

cada

libra diez

yf

eyi ,

, on~as

y

no

mas,ª

y

q

eíl:o fea en

todas

l.is

mercadenas,

y

carne

y

pefca-do,

y

en to~

. das las otras cofas

q

feacoflumbran

vé-

. der

v

ven~ieren

por

libras,

fo

pena

que -

qu~lquiera

q

lo cótrario

h1ziere ,·

incur–

ra en las

penas de

los .q vfan

pefas

fa]_fas.

a

Yten,que toda cofa que

fe

vendiere

:

_pót

atroua, en

~odos

los mis- rey110s

y

fe–

- ñor,ios,qué

aya

en

cada arroua

veyme

y

I b

\

.

b

cinco i

ras,y

no mas

01

menos,

y;en

· cada

quintal

qua

ero

arrou~s d~ I~s fo~re

dichas,

y

el que lo

contrario

lnz1ere,

111·

· curra

en

Iaúlic-has

p<mas.

_

.

·Ycen,q

la

medida

del

vino,afsi

de

ar.:.

rouas,

como de

cataras

y

a~úbres

y

me–

dias

afÚbres

y

quarcillos,q

fe~n

la medi..–

Bl

mif-da

Toledana,y en todos

los

mis reynosy

m<>

don

fe.fiorios.,110

fe

cópré

ni

véda por

gran~

1111.11.

do,

ni

por

me~udo,faiuo

por

efta

medí

rn.M~-da,no

embargate

q

digialgu'nas

;i~1da:

ir,d~

110

des,yvillas

y

lugares

y

comarcas

9 ttene

i~H·Pe

de

priuilegio,

yde

vio

y

de

cofiúbre

de

,,. 31.

"d

d

t

ve

ero e comprar por

mayor

o

meno

(

'

medida,

que

coqa

viafe

vende

por

la di·

cha medida,fo las

dichas

penas. . ,

Yten,q

codo el

pan

g

fe

óliiere

de

vé..

,der

y

comprar

A

fe venda

y

totnpre

pdr

la medida

de

la ciudad d·e

A

uila,y

efio

af–

fi

en l~s

anegGs,

comó eu

los.celen1ines

y

quarollos,y

quecíl:o fe

guai"qe

en todos

los mis reynos,y

fe~orios,

no

embarga–

te,

qt1ed1gan que t1ene

de

priuilc:gio

o

vfe, o co{tumbre de

comprar

o vender

por

o~ra

~medida=

pe~o

fi

algunoó

algu–

nos t1ene hech;is ·algunas

rentas

o obli..

gaciories, por

algún

pan; que paguen

la

tal renta,o

o~ligf'c_ion

9ue

afai

hi"zieren;

f~unla ~edida-~ue

fe

vfa ua

al

tíeinpo

q

a~s1

obligarnn;c

perb

q_ue

no

corh

pten·

n1 vendan,faluo

por

la

dicha

medida

de

I~ dicha

ciada~

de

_A.uila;

~o pena

que

d

·que

lo

concranó h1z1ete.,

lncurta

eh

lás

dichas

penas.

La qúal

dkha

ley

fue def

...

p~es,confi!mada

por

el

dicho

feñor

Rey

do

luan,en

las corees

q

hizo

en la

ciudad

.de Toledo,el año

de

creynta

y

feys

.Y

af

..

~

mifmo

por

el

fefior

Rey

dob Enrique:

·nueíl:r? hern:anb.,en las corees qtie

hi'zo–

cn

la

drnha ciudad

de

T

oledo;el

año qúe

pafo

de

fefeiua

-y

dos:

las

q~ales

manda .

mos

que

fe

guatden

y

tumplan como

en

ellas

fe

conriehen,

y

engu~rdandolai

y

cumpliendolas,

tod~s las penas d~.llós

nueftros reyiios vfen ,

y

las

jufiicías lás

hagan vfar d~ ~qui adebritc de

las

di–

chas medidas

en

las cóm

oras

v

vehtasy

·

l

,I

,

.

en

I_as

?~tas

y

t_etetas;

y

en

las

quemas

y

ohligac1011es

y

contratos;

y

t ehfos

y

ar–

tendamientos.q <1e aquí adelante .fe hi–

ziere~,

tonuietiea

faber,en

el

pan

por

la

medida de

A

t1Üa;

que fazedoze

cdemi~

neslafanega)y

ch

los

medíos

celemines;

a

cftctefpetó:y en

d

vino,por Ja

medi'da

de

Toledo,qup

aya ocho

a~bhJ

bres

por

cantara-.

Y

mádatnbs a los c6cejos

de

las

ot¡as

dudades,

y

vi1Ias

de

nudlros

rey-

nos,