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143
3
I>e
la .Viílta
·~
Memor.
num.284.
confta
1.
el
contenido de
'la
Pregunta,
y
'los mas Teftlgós
fe remiten
a
ella.
.
ALEGA EL FISCAL DE BIEN
probado
f
obre
efte
Cargo
contrá
,el
· 'Teforero ,
y ·
dem·as
·Oficiales_;
y
por u1? otrofi dixo:
Fol•.
~po.
1434
í)
UE fin embargo de lo que fe alega–
'-'-. ba por
el
T eforcro
,~
demas O&.
ciales, fobre
la
coíl:umbre introducida en ella_por
la de Potofi de no hacerfe los encerramientos
~e
las
- partidas que
fe
funden, mas que de una Moneda:,
ton
lo que quieren fatisfacer fobre efte Cargo. ,
no
les aprovechaba, por la notoria contravencion
a
lo
prevenido en la
Ley
3
5.
tit.
'l
I.
lib.
5.
de la
Recop.
dfJ
Cajilla
:
fe avian de fervir de mandar, que fe .ob..
fervaífe la Ley
,
y
que
fe
hagan los encerramientos
de cada fuerte de Moneda ·;
y
confulta al Virrey,
pata que tenga efeéto
,
y
fe ev,ite por efte medio el
perjuicio que avia padecido la Real Hacienda en la
falta del importe de dichos encerramientos,
y
jun–
tamente para que puedan conftar en codo tiempo
con mas claridad los defeétos que tuvieren todas 1as
efpccies de Moneda,
a
cuyo fin, y de hacer mas
di~
ficulrnfa
fu
prueba
,
fe debía difcurrir que malicio–
famente
fe
avia omitido por
el
Teforero, en noto–
ria concravencion de la citada
Ley , y
fin noticia
de los
J
uecc:s Superintendentes
,
y
que en adelante
lo guarden inviolablemente
,
y
reparen tari perj.u–
dicia!es abufos
,
y
que defde luego fe fatisfaga
a
1a
Real Hacienda todo lo que
impot~aren._los
ené'erra–
micmns que
~an
dexado
dt hacer
tk los biche:; del
r
eforero.
\~
¡
ALE-