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~O!u.:

la Comif–

fion

fue

ceñida

al

Real

Defpa–

cho , en que

no

fe

compre–

hendio la Cafa

de Lima.

'de

losfefenta

<lias;

y

Gn

arbitri'O

pata'

flmdar .;

ó

va–

riar

e{le

orden,

ni . dadu~ar

a.

mas ·efc.ritos~

lil-i

ua:h

lados ;

y

coníl:andÓ

que no

{~.

ha feguido :

en

efüi

forma

el

Procdfo ,

Gno

en

otra

muy diferente ,

fo

manifieíl:a , que no ha

Gdo

,'.ni

es de

Refidencia ,

o:

Vifüa, ni

puede enrenderfe

hecho

e~

conformi·dad

de

dicha

Ley : <lemas de que el tenor. de

la' diCha

Comi(sion fe

ciño

folo

a

lo ordena<lo

en

.el

nuevo

_Real

Defpacho :

y

G

eíl:e

no incluyó,

ni

compre–

:hendio

aquell a Cafa

de

Mqneda, mal fe

podra

fub.;.

.fanar con h

Ley de·

Cafiilla , que no es

adaptable.

a

aquel

Reyno,

aviendo en

d

Ley

particular,

qu·e·

ñi

en

el Decreto fe

menciono ,

ni

el

Fifcal la

refiere; ·

I)i

fe

praéti.có

el

eíl:ilo ,

y

mechado coneípondien:i.

ce

a

ella,

como

queda

dicho:

y

afsi

fubfiíl:e en

tod~

fu

vigor lo alegado por el referido en qúanto

a

cíl:e

punto , que es previo,

y

debe

examin~rfe

anee

to...

das cofas.

:Q!ie aunque hu _

9

3

5

·OEe

menos fe fatisface

ael

·con decir que

·vieffe falido có

p licado' el

Te-

4e

las diligencias

~xecutadas

ha

refulcado

.d

com-t

íorero

en los

plicali

~

eíl:e Teforero : pues .no fiendo'

efl:o

fegu.m

:d

.defettos , no !e

'-'

podia perjudi-

Rea·I animo de V. Mag.

y

lo que fe exprefso

en

el

_car,por fer nu-

Refcripto , limitado folo en quanto

a

la

averi<Tua""

lo lo attuado

'

t>

f=X

·defrétu ju- .

cion -rwandad'a hacer contra

las

dos

Cafas

de

M~xi,..

rifdittionis.

co,

y

Potoíi; deíl:ruldo

el

prmc1p10, fe

dellruye

tambien

todo lo edificado fobre

el:

porque temen..

do

ptdence

V. , M~o-.

el

a

uraqo

examen,

qu~ · fo

hi..J.

)

.

zb

en

~e·

a

ea

orce por ..

os

mas

ex·c.e.

en

ces_ ed- _

tos

de las

Monedas

de todas'tres

Calas~

íoloi

~ :h-aHo.-

culpqdas

dos,..

o/

contra

ellas

um~arneote

1na:ii.do1

que

1

fc

proced·i,~ífe

a

la ·

averigu:ac~on

, .Gn·

;abr.azar

aqu_elJµ

d~

Lima·

,-mas que

.en

lQ

g~ne:ral

dG.

a:v

1

erfe

de

~íl:,iblecer,

y

.bbfe.rvar én ella -;

y.

en ·.todas

la':

1

nuc:v~

Ordena))zá para

!-o'

fut Uf(),

-c.ómo

con·.-.e.'9ii~:

'den_cia

dempníha:bk

fo

rn~nifietla! eLc

·oñtci.to

-.

·rde

di<;hQ

:Pefpacb~.

i.

-~

.

. :. ,

:J ·";

..

. )

:~ ~

--;