.
.
88
que
ftc.füdo
mas~·:dilatada,
y..
a~pli~i~,_~tep~it~ :¡~9r
me–
nor las faltas qu'e fe cenfuraron en las Monedas de
Cliéha·s~ dos· Cafas, .y·
en1elfas
1io
c_omp.lica~
ni
a~raza
la de
Lima ~direéta,
rii in4ireétamenie;
cdrppt<
db.á.Il-~
do
'º?
efte mifmo filencio .no
avC.rfe
ha1ltad{i)1i qu t
reparar en, lá ley .,
y
pe[o:.de
fu~
Moned
1
as.;.
x:anth
coníl:a po_r
el
Decreto
del Real,
y
Supremo Confejo
~e-C?~iffa
dd
ª~?.. de~ 709~ inlen~ e~)c ~qi c_ur(\v~
en
el
Exordio
~e
la dicha
Ordeqan~a,
a
fql.
~~ .
J3.
que·
fo hicieron
1
enfaye~
de las·.M,:óñetlas ·de l bs'
R'cy:..
nos
del
Peru, ,y
~exico,
y
fin
emhergoJe~ feñala
el
defeéto en las de Mexico,
y
Pótofi :
y
afsi conteíl:a
en todo con la narrativa del' Defpacho de la Vía
llefervada
,
y
añade eíl:a calificacion mas
~
fayor
de
los 'difcurfos
que
hafta aqui i quedan. funda dos,
para que fe :
pue.dahacer juicio probable,
y
aun
cieno~
d.e que aquella Cafa no effa
compre~endiaa
_en c:t.cicado.Defpacho
en
1
Grden
ª'
la_
avcriguacion
que fe manda execucar.
:' '.
!
,
3
57
~e . aunque .
en dicha
Acufaci~n
,
1
afo!~
5
'2 ..-
B.
fe dice ,coníl:a por la
Carta~Ordén
de f.a Viá
Reflrvada av-erfa reconocido el difeélo dé'ley, ·que
fi
hallo
en las Monedas labradas en ejla
Caja~ ,
en fos
reconocimientos q11e de- orden de V.Mag.
fa
hicieron;
Y :
defpues añade :
Cuya prueba:, por relevante, ·nü
nece.fsitaba de otro examen para que huviejfe lugar
l~
impojicion de dichas penas
:
Paree~
, que to'das· eíl:as
palabras,
o
tienen diverfo fentido
.del
que
fuenan;
o
que padeció equivocacion
el
~fcrivience;
porque'
e.n
ninguna
·Ratee
del Defpacho.
fo
hace
inencion1.de~quella
Cáfa,
rii de fus Monedas, ni de averíe
r~éd-:
nocido en ·ellas defeét:o alguno :
y
el que
fe
expre·ífá·
unicamente:es de
las
otras de Mexico,
y
Potofi .: de
q:ue no puede refultar prneba alguna, ni auir
d
má~)
.
le.veindi~io
contra efta de Lima,
y
fus Oficia-les;
fi..1
no antes las p...refumpciones, que de:no
e{t~r :expref..;~
fada, ni
notad~,
fo
infieren
a
favor
.d~
ella<
~,
~
. .,,..,
I
:YY,
SO-
<l!:te
fe
com ~
prueba lo refe–
rido
con
no
comprehéderfe
dicha Cafa en
la nueva Orde..,
nanza.
~1een
Jne–
creto
del
año
de
I
709.
conf–
ta fe hicieron
enfayes de las
Monedas
de
los Reynos del
Peru ,
y
Mexi.
co,
y
folo fe
notaron las de
la Cafa de Me–
xico,
y
Potofi~
•
'l
~J4
.
:J
.
"J
-P:tra: el cargb;
d~'ley , n.efo~
-
.
! . •
·,
-..r
;i
t.'# .
,
·""
{
~é
las
pala"'
bras que di<;e
el
Fifoal ,
o
no
efian
en
el
or–
den ,
o
tienen.
diverfo
fenti~
do•.