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T it.

p-¡¡J.

De los

(oca!Ja.:zes.

p_eña

;Jeva,

y

la vtilidad

publica

Gºe

de

ellos

re(u[rn,

y

la

1eguri–

<1 ~ d

de

la

gente c¡ue por ellos Ja–

'bra, gue e s

gran dekargo

de

la

Reai

conciencia,

y

GUe

rudos .

Jos demas gue tienen mir:as en

las ve·cas

las

han

de

labrar,

é

(a–

c~r

por eHas-

ÍU5.

metales

á

mu–

.cha rnenos cofia,

allende

de

ma:..

.

nifeíl~r-

lo

gue

ay

en

lo

hondo

de:

./us minas,

co_n10

nos d1ze

la

expe

riencia con·cnenos trabajo.

Orde

f)O,

y

mando,

que Jos GUe

tu~~ie­

rcn

minas

en

las

vecas

donde Jos

dichos

focabones

huvieren lle–

da como

á

los

de

mas

e

con fos mif·

rnas cond iciones. Todo lo

ciual

fe ha de

entender,

que la entra- ·

da rea por el

plan

del dicho fo–

tabon;

pero

Gel

feñor cdel

tuvie–

re

da~o

algun pozo,

o

pozos,

q

no fea

-obligad~

a

dar entrada

por e1los, fino que cada vno

l~

de.-~n

fu pertenencia

como lepa·

rec1ere•

·

Ord. t-'ii. Qpe !CJs diuños 'de

(oc11•

bon demas de las

Vetas

a

t:¡tU

Vil'}

·: dirigidos

puedan pajjar

á

otr11~

..gado,

fean

obligados

l~ego

que

'el

(eñor del

dicho-

focabon

tuv

1e-

-.

re

abierta

(u mina

auncabo,

y

fin perjuicio

de quadras

aget,Jtts.,

y

metal,

j'

lino

quifier~n

pa/far

odeiante

ÍtJ

puedan pr'!_feguir

~tror

hajlii

{uí

minas

pagan-!

·a

otro donde

él

rompio

la

caxa,

a

barrenar

cada

\Tno

fu

pertenea~

do Jo_s

derechgí de la

entrati11º

cia,como le

foeren

liguieodopor : · ·

- •

EI

~

ambas

~~rtes,

por

cada

\.·na

cien-

I

Ten,por quanro los

que

tuV1e

m'!~

·

, to

y

veinte

varas,

lle'!aodo

va-

reo

vetas adelante

de

Ja

que

-

ra,

y

media de11ncho,

y

dos

y

me ..

los

dichos

focabone~

fueren

di-

<lilt

de

aleo;

y

por

el

dicho laca-

·rig1doi, affi

rni(mo

les·

podia

fer

:bon

todos

]os

cque

tuvieren. __

mi-

vriJ

y

proveebofo

Jabrur

por

el9'

..nas

.en

\a

~icha

dit1a-ncia

(ea~

o.:.

los

por

tener

cerca_

(u

paraje,

y

_ bligados

~ J~b-rarlas,

y

los

feno-

feries

muy

coíloto

.dar otros,

y

:

·: _res · de darles

la

entrada defem- ·

es

jufio que

gozen

del dicho

apto

· _. -barazJd a, fin

poderl~s Jlev~r p~r

vech!}rí)iento

pagarido

f

us

dare–

. ella

nias _del

qui~to

de los me-

·chos

proporcionadamente.

Or-

tales

ricos,

y

]lampós

C]li'e

cada .

deoo,

r

mando?

que filos

feá6res

·_.

vno)á~ar~ d~_ fu

mina,_

pagados

a

del dicho

focabon

·ciuifieren

1

paf-

. Ja

boca "·det

dicho

!ocáboo,

y

g

fi .

far po·r él

adeJ~ntc

halla Ja:¡.

di-

fe

vendieren

co,no' 'es

\do~

y

cdf-

chas

veras,

Jo

puedan hélzer

fin

turnbre,

-~I guif?~9

d ..

~

Jo gue

moh-

perjuicio

de

las Guadras agenaa . , · ..

.

taren:

y

fi

Jos ciue

cu vi-eren minas

· y

metal gue

en

ellas fe

hallare~

adelante de Jás ci.€nto,

y

veinte .Y

llegado

á

las·di-chas vetas_,

loa

var0s

qui.(jeren

nffi

nli írno /11-

(eñores de ellas·

fean

obligados

brar

por los

dichós focabones,

af

abrar

por

el

cotno

los .

de·ma~~

le.an

obl ig ados á

darle

la

entra-

y

en

la

forma que cíl:a

di..,

¡Q··

y

de-\

.

.