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E

N

A

TENCION A QUE POR

parte del ·Hofpital de S. Andrés no

(e

ha

man

ifefl:a~o

el Privilegio,

q

aíié–

ta

haverfele

_

concedi.do

por

Su

Mageíl:ad,

para

q

cofr·ieífe foló

a

tu

cuydado

la

reim–

prefion

de

JaS Ordellanzas de efte

Reyno,

y

que

fiend~

dta

Obra tan neceífaria y

util

para

fu.

~fo:V-ierno

·es

:preciffo,

fe

nueva–

mente

á

13

Pren<a,

a

fjn

de

que

con

fu

Co–

pia,

no

dli-¿ezc·án

de fus luzes

eíl:as

Provin-

cias,

y

que

ha éfpirado

la

Licencia que

fe

Je

otorgo

p6r

tennino

de veinte años por

el

Excelélltif~iITtO

Señor

Duque de

Ja

Pala-

. ta

para

que

'3.

.fo

'Cáfia

las

imprimie(fe ,

y

vendieífe por

fu

·qü~lita;

fe

la

concedo nue-

...

~

~

.

,..,

varriente por otro$ veinte

anos, par.a que

las pueda hazer

reimprimir,

y

de

la

miGna

forma

vender,

fin

q

otra

perfona

Jo execu–

te

vajo

de las

penas impueíl:as

á

los

contra–

ventores,

y

fe pondra

al

principio

de Jos Li–

hros que

fe

reimprimieren,

Copia de

elle

Decreto.

El Conde de

Super~unda.

D. Diego de H<tsles

y

Cunpero.