E
N
A
TENCION A QUE POR
parte del ·Hofpital de S. Andrés no
(e
ha
man
ifefl:a~oel Privilegio,
q
aíié–
ta
haverfele
_
concedi.dopor
Su
Mageíl:ad,
para
q
cofr·ieífe foló
atu
cuydado
la
reim–
prefion
de
JaS Ordellanzas de efte
Reyno,
y
que
fiend~
dta
Obra tan neceífaria y
util
para
fu.
~fo:V-ierno
·es
:preciffo,
fe
dé
nueva–
mente
á
13
Pren<a,
a
fjn
de
que
con
fu
Co–
pia,
no
dli-¿ezc·án
de fus luzes
eíl:as
Provin-
cias,
y
que
ha éfpirado
la
Licencia que
fe
Je
otorgo
p6r
tennino
de veinte años por
el
Excelélltif~iITtO
Señor
Duque de
Ja
Pala-
. ta
para
que
'3.
.fo
'Cáfia
las
imprimie(fe ,
y
vendieífe por
fu
·qü~lita;
fe
la
concedo nue-
...
~
~
.
,..,
varriente por otro$ veinte
anos, par.a que
las pueda hazer
reimprimir,
y
de
la
miGna
forma
vender,
fin
q
otra
perfona
Jo execu–
te
vajo
de las
penas impueíl:as
á
los
contra–
ventores,
y
fe pondra
al
principio
de Jos Li–
hros que
fe
reimprimieren,
Copia de
elle
Decreto.
El Conde de
Super~unda.
D. Diego de H<tsles
y
Cunpero.