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.fil-o

I1agan·y

ctttnplan les

To-dios, que

huviercn

fido

nombrado~

para .Go·

\'crnadores,

o

coádjm:ores de los

me~

notes,

aquien

per·tenecen

lo.s

car~

gos,

y

le de o la

mitad

de la dicha ta(.

fa halla

tanto

que

lleguen

a

edad de

· govern~r,

y

exe

1

rcet fus

cargos. Lo

1

qu al

tnando

9ue

el

C0rregidor

7n

é:ada

partid~

lo

bj ga cumplir

..fope–

na de que fe le h · ra carg'J en la re–

fi dc- ncia 9ue

fe

le

tomare 'de

la

negH..

gc:ncia.,

que en

ello huviere

tenido.,

(Jrdell·

xxl>iii .

º-:,ue

los Caz.jques

p~ut·

g im cuydado en

el

aderezo

y

reparo

de IAs

a~e.quias

y

fuentes.,

1

T_cn,·que Jos

.aichos

C:a~iq\les~

y

Principales,

Alcaldes,

y

R.~gido­

rcs :teugan -

particular

cu

ydadt;>

de

h~zer

que

.la.s

acequiss,

y

fu_ent~e.s

que

~y

para ,el fer1tido,-

y

fo.(leuto de Jós

Pueblos

fe

reparen,

y

aderezeri

C}Uaa~

do

fe

<]Uebraren;

y

que

eílcn

Hm~

pias,

y

bien reparadas,

demanera~

pwe p9r

falt~

de.fio

no

padezcan

loL~

-Indios necdsigad

de

agua

o

por .no

la beber

1in1pia

fe los renaz an

en·

fetr n1edades, como

de

ordinario

luc:~

Je

a

c-on

tecer;

y

el

Corregidor

de

aquel dí(trito cafligue con

rigor

la

negligen,ia

~1ue

en

~n~ bu~ir:~c:~ .

~ITVLO

SEPTIMO.

f)2 LOS

~!ENES

'DE

COL'viVNID.A1)~ ,

r

CVENT-'

que

de

ellos

fe

ha de

tener~

()¡·Jen.-

i.

Que

fe

hCTgJm

Cbt1cP,1s

Je

e~

munid:id,

y

orden

que je

~

de

tener

·

.tn guardar, y

repattir

/lis frutos.

p

Orque

he

rntendidoque en

los

años etienle§ de comídas,

n1u~

chas

Ind ios

po r no

las ·

enet

Íe.auíen–

tan

d'"'

fu s

Pueblos, y

muchos

dellos

no

buelbcn

-nas afus

tiecras>}

otros

enferman , lo

q

ial ceífaria

hazien·

do en

cada

Puebla

aloun~s

Chacras

D

de

e

omu ni

d,;

J,

e

u

>

1

a eofec

h

·1

de

I

os

años

abunJéitltes

fe

g l

arde

para

el

dicho

e f ".' éto:

rn deno

y

n1Jndo,

gen

c ada

PL1

b l of~ ha g~

de

oy

en ade–

laote

vnn

~

buera

de

Comunidad,.

afsi

de

mayz~

como

de

EªEªs~

en

~ier~

J

ra.s

del

corriun,

del

ram;¡ño

que

p~re~

ciitre al

Couc:;gidor, par.a

los

popre:»

el froto

de

las

qualcs en años

ptof • _

peros fe encierre en Puuas,

apart(!

de 1as

que

ha

de

haver

ea

las caías

de

la

Comunidad,

hdla

ver

fi

el

fi

gaie_nt.e es

~bund ~ nte

1

o

oo,

y

fi

lo

fuere

vendan

d

las comidas del

amo

pafTado al-guna parte,

y

guarde~

las demas

1

y

las que huvieren

cogi~

do

de

preCente

p~ra

el

ef

éto

que

di-

cho es;

y

el

precio

de las que

v-eodie~

ren,

{e

met~.

en la caxa

de

la

Con1ti1. ~

•1idsd;

y

los

años que

fu~r-en

eíl:

eri--

.Jes provean

de

cornida

a

los

dichoi

pobres de cada Pueblo de

los

que:

a{~¡

cíluvk,cn,

de_ la dicha caxa

de

.

~

1~