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L ._Ordenauztts
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Oficútlts
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:f{eefflefº
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nfsienten los titulos de
Virrtyes
y
dunos
m iniflros
a
/rtlnreadoj·,y
las
,
jituaciones ,y
1nercedes , -que
/é
pa ..
gan.
tf
e la Real
bazienda.
Y
Tambieo
tendreis otro
libro de
pliegos
ngugcrendos,
donde
(e
afsienteo
los
títul os ~
gue
(u
Mages..
tad
da
á
ÍU5
\ Tirreyes,
y a
todos
los
n
iniílro~,
qtJe
·Úrven en todos
los
Tribunn .es ofi c ios,
y
mioiílros
del
R~vo ·o
con
falarios~n
la caxa, v
-las
J
~
fituacicnes,
y
rnetcedc.,s que
fe
pu;
gan de !{ea)
hazieoda,
y
t.cdo
lo
que
fe
valibrando con
cueca,
y
razon
y
el
miniíl.rovueíl:ro
que
tuv iere
á
!u
cuy
dado efie
libro'.9
ha de hazer Jas li
brar:1zas,
y
poner en el
la
rnzon de–
l-las, con
dí a,
.mes,
y
aoo,
y
citan ~
do
los recaudos en
que
fe
funda
con!
cu
ti
va
cnen
te las
g
ue
(e
i–
z.ieren cada -uno
en
fu
p
iego,
y
Cl·l
en ta.
LIB-R·OS QUE HA 1JE
7~ENER
EL
FATOR.
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......
Ordc1uznza ix.
Q!¡,c el
Fator
ttn a;
-
r,1n
libro
int
ituü1do
gene1,.al
11~
la
fato1·ia.
como
e/,
Contado·r .
D
E m as
de I'os
genero
arrib.tlre·
fer idos
qMe como
oficial
Real
os tocan,
ave.is-de tener particular–
menre
por
\"'ueí1ro
oficio de Vee–
dor,
y Facor
un
libro
incitulado
ge–
neral de la
faroria,
como el d el Con
r ad o r.
OrdeÍz. x .
Que
tenga Fbro de
pliegos
agugereac/o
~
ptira
tonznr
la
razfJn
de las
li~ranzas,
que
fe
de(pacba,z
"
e:J
la 'Contadtt:'
ic1.
·
O.
l''ro de pli'-gos
ngugereados,
en
que
aveis de
tot1 ar
la
razon
"de la.s 1
1
ibraoza- qne en la Ccnradu
·ria · íe
tie~"Jacha n defpu~s,
de a
ver–
las re\ illo,
correípondieodoos
en
.
~lo
que
á
ello toca
con la
Contadu–
r ía ,
y
advirtiendo
a
la )uílificacion
=
de }as
libranza~~
y
eo
111
pro v o
e
i
ó
de
' la
cuenta
della.s,
porq
2viendo
paí-
.
f3do por dos manos tenga mas
cer–
tez .
01d
1
11 . xi. Q!1e
el Fator
tenga
libr~
de
/uudicio 1
ns
para
que
con/le lo
qttefi elltra afun1i1,
y
de,rechas
q
pertenecen
á
/rt
1Wa 0
e/lid.
T
mbien tendreis oc ro
l ibro
co
mo
eo
las
inílruccioo e s
anti~
gu s fe os ord na\·a,
donde
fé
afai ··–
te
todo
lo guc
e·
dJ p
·rfo
p
rricu.:.
lar trngere
fe
nd ir,
y
Jo
qu
~
íaJi
re
limpio,
y
1undido,
~
lo que
poreíla
t azon
pertenece
a
fi.1
l\1ageílad
de
íus derechos,
para
que en
todo
cie ·n
po
con!l:e
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clnridad>
y
diHin ion
y
(e
pu e d3
faber lo
q
fe
oviere
fundi–
d
en cada
un ~
r1 ....
1us
fundiciones
y
lo que de ilas Fcnene
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diezn10,
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\tbro ha de eíl:ar
ru bri cada de:
todos tres
ofici ales Reales.
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LIBROS QUE HA DE
TEl\lER
EL
TESORERO.
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' -Crden.
xii.
Que
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Te(ore~fJ ~·ea
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iiliranzas
de(p_acbadas
Por
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