Matrimon·o
diuorciado,
y
caía
díuor ia
das.cap.•
7.0.17.
·.
Matrimonios
impedidos
por
impedimen
ros
de
fang eo,
copula cap.
17
n.
18.19
:o,
11.
Marrimonio de
cuya
nulidad
fe
trara.c jp
36
o.
39·
, l\1edicos,
y
Cirujanos-
ordene,,
a los
en ·
ferm os
que 'onlieíTcn
Juego
en la primera.
_vifüa.cap.r4,n.1Ó-
Mifa
fu
difinicion~
y
defpocicion de lor
Sa~erdores
para
celebrarla.
La~
que
deuen
de
2ír
los Curas en lot dias de fieíla,
y
porque
in,.encion,la
oracion coleta
cap.a
. n.1.2
j
4~
j .
6.
MilTas
que
no en
rod0s
Jugaref deuen
d~
cir
los
fecufarcs ,aunque
fea cnMonaRerios–
o
HrnpiraJes.cap.8~z.7
..
Miffa
no
fe
di_ga en
Oratorio,
y
en
caía
que
fe
di{fenfe Ja s calidades que ha
de
rencrQ
cap.8.n
8'r
1'v1iílas
fe
prohiben celebrar
a
lecufares ,
y
Regalares,
y
eo
turnadas,
y
Airares
porrariler
y
tas penas de
los
dueños de
Capillas,
y
Sacer
dores.que
lo
pc[miten,
y
en
los
naoío1.cap.
8º
n
9·
M
ifd
fe permite dezir a el Cura en rama
da.o Capilla
en paraje remoto·donde
tienen
j.¡s,