par3
la
fabdc3
de'
Ja
Jg?dia cntregandofos
a el rnayord0mo de e1Ja que los ha de efcr:i
uir en c:l libto de entrada.
Los Curas tienen
obJigacion
de
dezi.r
las Miffas de los Domingos ,
y
tod~s
fidbs
del afio,
~ffi
de Indios, como de Efpañoles
·por
ti
pueblo
y
Jos bien hechorcs,y
tendrá
entendido
que
en e(b forma
dbn
aplicadas
fas
dichas.,Miffas , affi lo
determino
el
Con.-
.
_ .ti1io Limeofe fegundo.(b)
..
(b)
/I·
1
·"·~·'7
Los
Curas
de
Indios
tendran
ornamen~
to en cada pueblo cenado con llaue fin
C]Ue
fea nec.efario
Jleuarlo
de
vnas
partes
a
otras,
·y
Jo mifmo fe
gu~rdara
en las dl:ancias ,
y
obrajes
donde huuiere Capi11a)de·que
ella~
.ran adueitidos
m~eíl:ros
Vifitadores.Y
fi
pa
.ta alguna fefüuidad
fe
huuieren de] leuar
or
1umentos
de
vna a otra
parte iran
eocena~
dos
con 11aue.
Ordenamos en virtud
cJ-e
Yanta
obedien~
:tiJ
que en todas las
Miífas,~ue
no fueren
de
difuntos, <lef
pues
de
las vltimas
oraciones
(e
diga b
Cofota
que
fe
figue ala
let~a,
para
que la copien
ea los
mifales.
Et
famulos tuos PJpam
nofirum
-N.
Ca.
rolum Regemnofltum
lteg'nam
cum
pro
Je
Regia.
Populo fibi c:oomiCf
e,
&
:x:erc·itti
{ o :
Antifti~~~
.
o~rua1
•
Proregem
nofirum