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R..
No,
que
sólo se vedan las cgdicias injustas o
desordenadas .
' P. ¿Para
qué?
R.
Para
contener la voluntad, de
donde
nacen las
n1alas
obras.
P.
¿Por qué
se
vedan con especial tnandan1iento
las
codicias deshonestas y
de
hacienda ?
R. Por ser más itnportunas
y
peligrosas.
•
lo
CAPITULO XVII
-
;:
...
.
~
De otros Mandanúentos.
P. ¿Qué son los .Mandan1ientos que la
ley
natural
· nos dicta?
\
T
lf
R.
Querer o no querer
para ·
illi
ptójüuo
lo
que
para .n1í
·quiero
o
no ·
quie:rb'. .
!
~
·
·-
P.
¿
I-Jay
~tros
n1hndan)ientos
que saber
111ás
de
los
dichos?
R. Sí, los de los estados
y
o~· cios ¡~atticulates.
'
•
1
'
·p.
Y
éstos.,
¿
q11iénes
del~e11
s'aberlo? ·
R~·
A(juellos a quienes tocan .
.
'
-'p-.
¿Y no.
podt-án
excusarse
por
ig-norancia.?
R ....N
o,
en
l~s .
cosas con1unes de sus oficios .
P.
~¿
<;Jué
cosas
ayudan
a
guardar \os
Map.da-ttlier'rtos?
·
· ,·R,
L·a
o-raciót1,
Saéra1nentos,
sertnones,
.libros
devotos
y
trq,to
ele
bl;teh~s cot11pafiia~_.
'