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PREDICACION FRVCTVOSA
3607.- Predicacion Frvctvosa, Ser–
mones al espiritv. Sobre los motivos qve
ay mas poderosos, para redvzir los hom–
bres al servicio de sv Criador. Van con–
firmados con raras Historias. Compves–
tos por el P. Pedro Geronimo Continente
de la Compañia de Iesvs. Dedicados al
Ilvstrissimo Señor Don Esteuan Esmir,
Obispo de Huesca, del Consejo de su
Magestad, &c. Con licencia, En <;;ara–
g<?9a: Por Diego Dormer, Año M. DC.
LII.
-En 4.
0
,
de 464 ps., s.
8
hs. p. n.–
(Reim1pr.
e
En <;;aragoza: Por Ivan de
Ybar. Año 1671 », en 4.
0
,
de 464 ps.,
s. 8 hs. de port., etc.).
E. EL P. BALTASAR GRACIÁN.
Demás de que firma la dedicatoria, véanse
también Latassa (m, 318), Backer (r, !363,
2225)
y
Sommervogel
(Il,
1393; m, 1652).
3608.- Principii del Diritto Natu–
rale Opera di G.
C.
Burlamachi Consi–
glíere di Stato, gia Professore di Diritto
Naturale e Civile in Ginevra. Traduzione
daL Francese del C. B.
C.
In Venezia,
MDCCLXXX. Appresso Giovanni Gatti,
Con Licenza de' Superiori, e Privilegio.
-En
4·o
36og. - Principii del Diritto Politico
Opera Postuma di G.
C.
Burlamachi Con–
sigliere di Stato, gia Professore di Diritto
Naturale e Civile in Ginevra. Traduzione
dal
Frances~
del
C.
B. C. In Venezia,
MDCCLXXX.. Appresso Giovanni Gatti,
Con Licenza de' Superiori, e Privilegio.
- En 8.
0
,
de 342 ps., s. 1 h. p. n.
E .
EL
P. LuciANO COSTA v GALLISÁ (?).
«Opus egregium de principiis juris natu–
ralis, ac politici Burlamacchi ex gallico ita–
lice conversum a Comite Benedicto Crispí
suis correctionibus, et notis illustravit Costa,
ut inoffenso pede opus Auctoris Heterodoxi
legeretur. Venetiis 1780 apud Joannem
Gatti in 4», dice Caballero (r, 122), á quien
copian Backer (1, 1403)
y
Sommervogel
(m,
1131), dando á entender claramente,
por el orden
y
modo que tienen de copiarle,
ser esta veneciana de 17Ro la edición corre–
gida
y
anotada por el P. Costa
y
Gallisá.
Y
ciertamente que sufre esa interpretación
el párrafo algún tanto ambiguo de Caba–
llero, sobre todo si se mira al lugar en que
lo inserta, en la serie de las obras impresas
del autor, antes de especificar sus manus–
critos. Además, la licencia que los «Refor–
matori dello Studio di Padova» conceden
para la impresión del núm. 3609 (supone–
¡nos que también para la del 36o8, de que
no hemos visto ningún ejemplar), se funda
en que les consta «perla Fede di Revisione
ed Approvazione del P. F.
Gio. Tommaso
Mascherom·,
lnquisitor Generale del Sant'
Offizio di Venezia.... non v'esser cosa alcuna
contra la Santa Fede Cattolica.... » (16 de
Febrero de 1780).
Pero, fuera de que no nos merecen en–
tera confianza ni los Inquisidores de Vene–
cia ni los Reformadores de Padua que auto–
rizan esta edición, no hallamos tampoco
en ella las correcciones
y
anotaciones del
P. Costa
y
Gallisá.-Añádase que Hervás no
las coloca entre las impresas, sino gue, al
tratar de las manuscritas,
y
aun allí en úl–
timo lugar, dice lo siguiente: «Las obras
"Principj del diritto naturale.... Principj
del diritto político.... di G. C.. Burlama–
chi.. .. Venezia, 1780 Appresso Giovanni
Gatti. 8", se han correjido,
y
cotejado con
sus originales por el señor Gallisa, q.• las
ha ilustrado con notau (r, 59, v.).- Es de–
cir, que, según Hervás, el P. Costa y Ga–
llisá cotejó la traducción italiana con el ori–
ginal francés,
y
la corrigió, si es caso,
y
la
anotó, sin que hubiera tenido arte ni parte
en la edición veneciana que le sirvió para
su trabajo. Y esto nos parece lo más cierto.
3610.-Principio, y Fin de vna Provi–
sion del Rey Nuestro Señor; en qve se
imparte plenamente el Real Avxilio a la
legitima jurisdicciÓn Apostolica de los