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BIBLIOTECA HISPANO-AMERICANA
[HERRERA
más adelante se pod rá acorda r
y
entonces los nlandará reconoce r el Conde de
l\liranda». - (Rúbrica de S. M.)- (Arch. Hist. Nac. - Consultas del Consejo de la
Cámara, año 1600 núm. T01) .
II.-«Señor : En la Cáma ra se ha visto un memorial de ntonio de Herrera,
coronista de V. Maj., en que dice que suplicó á V . Majestad que para ayuda á
la impresió n de la Ili sto ria Ge neral, de 27 añ os de tiempo del Rey: nuestro
señor, que es té en gl o ria, que ha comenzado con mucho g asto s uyo, le hiciese
me rced de la condenación que se hizo á Diego Vanegas de Córdoba,
y
porque
no hubo lu gar de hacérsela del la, suplica á V . Majestad se la ha ga de las qui–
nientas doblas que pertecen
á
la Cámara de V. Majestad de la condenación que
se ha hecho
á
do n Antoni o de Toledo en el pleito con el Conde de Fuentes, que
si a lgo falta re para la cantidad que es me nes ter, de otra parte se podrá suplir; y .
por certificación de Francisco Martínez, esc ribano de cámara de V. Majestad,
de los que
re~ide n
e n e l Consejo, parece que e n el pleito que en él se trató entre
el Conde y Condesa de Fuentes, d e la una parte , y la Heli g ión de San Juan
y
don Anto nio d e T o ledo, teniente de Gran Prior de lla, de la otra, en grado de se–
gu nd a supl icació n con la pena y fianza de las 1,500 doblas sobre la villa y puerto
de Cambados, en siete de Juni o pasado se di ó y pronunció sentencia en favor de
los dichos Conde y Condesa de Fuentes, y la R e li g ió n ha de pagar las dichas
1,500 doblas, de que pe rtenecen las 500
á
V. Majestad.
«y visto en la Cámara, y teni énd ose consideración
á
que antes que Diego
Vanegas de Córdoba s uplicase á V . Nlajestad le hici ese merced de dos mil duca"
dos en que fué condenado po r el Consejo en la residencia que se le tomó del
corregimiento de Plase ncia, se había visto en la Cámara un memorial del dicho
Antonio de Herrera , en que su pI icó por mi I d ucac.los que de esta condenación
perte necían
á
la C áma ra,
y
había parec id t) que sirviéndose V. Majestad del lo, se
la pod ía hacer de hasta ochoc ientos ducados e n ella para ayuda á la dicha impre–
sión, y no pudo tener efecto po r haber V. iVlajestad mandado remitir al dicho
Diego de Vanegas toda la dicha condenaci ó n. Ha parecido que, siendo V. Ma–
jestad servido, puede hacer ago ra me rced destas q uin ien las doblas, que mon tan
240,000 maravedís, al dicho Antonio de He rrera, para el dicho efecto. pues lo
d emás á cumplimiento de los dichos 800 du cados se le podrán librar en otra cosa.
De Madrid, á
13
de Juli o de , 6(0» . (Cuatro rúbricas) .
Respuesta del R e)':
«Avíseseme si tiene licencia para esta impresión
y
quien
examinó
y
aprobó la dicha Hi s toria »), (Rúbrica de S. M.)
«Lo que hay que dec ir en cumplimiento de lo que en esto V. Majestad envía
á
mandar es que por cédula de V. Majestad, d es pachada por el Consejo Real.
fe cha en 9 de Hebrero del año pasa do 59'), se di ó licencia al dicho Antonio de
H er rera para imprimir la dIcha hi
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tor ia, la cual por orden del dicho Consejo
examinó y aprobó, prime ro el d octor Arias de L0yola, qu e fue coronista del Rey!
nuestro señor, que haya glor ia. como parece p ') r la dicha cédula y la aprobación
que originalmente ha presentado el dicho Antonio de Herrera . De Madrid,
á
::!4
de Septiembre de 1600» . (Dos rúbricas) .
R espuesta del R ey:
«Como parece». (Rúbrica ) .-(I bíd em, 1600, núm. 116).
I1I.-«S eñor: En 4 d e l pasado fué V. Maj es tad servido de remitir
á
la Cá–
mara un memorial d e Antonio de He rre ra, coronista de V. Majestad yen él se