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BIBLIOTECA HISPANO-AMERICANA

[HERRERA

más adelante se pod rá acorda r

y

entonces los nlandará reconoce r el Conde de

l\liranda». - (Rúbrica de S. M.)- (Arch. Hist. Nac. - Consultas del Consejo de la

Cámara, año 1600 núm. T01) .

II.-«Señor : En la Cáma ra se ha visto un memorial de ntonio de Herrera,

coronista de V. Maj., en que dice que suplicó á V . Majestad que para ayuda á

la impresió n de la Ili sto ria Ge neral, de 27 añ os de tiempo del Rey: nuestro

señor, que es té en gl o ria, que ha comenzado con mucho g asto s uyo, le hiciese

me rced de la condenación que se hizo á Diego Vanegas de Córdoba,

y

porque

no hubo lu gar de hacérsela del la, suplica á V . Majestad se la ha ga de las qui–

nientas doblas que pertecen

á

la Cámara de V. Majestad de la condenación que

se ha hecho

á

do n Antoni o de Toledo en el pleito con el Conde de Fuentes, que

si a lgo falta re para la cantidad que es me nes ter, de otra parte se podrá suplir; y .

por certificación de Francisco Martínez, esc ribano de cámara de V. Majestad,

de los que

re~ide n

e n e l Consejo, parece que e n el pleito que en él se trató entre

el Conde y Condesa de Fuentes, d e la una parte , y la Heli g ión de San Juan

y

don Anto nio d e T o ledo, teniente de Gran Prior de lla, de la otra, en grado de se–

gu nd a supl icació n con la pena y fianza de las 1,500 doblas sobre la villa y puerto

de Cambados, en siete de Juni o pasado se di ó y pronunció sentencia en favor de

los dichos Conde y Condesa de Fuentes, y la R e li g ió n ha de pagar las dichas

1,500 doblas, de que pe rtenecen las 500

á

V. Majestad.

«y visto en la Cámara, y teni énd ose consideración

á

que antes que Diego

Vanegas de Córdoba s uplicase á V . Nlajestad le hici ese merced de dos mil duca"

dos en que fué condenado po r el Consejo en la residencia que se le tomó del

corregimiento de Plase ncia, se había visto en la Cámara un memorial del dicho

Antonio de Herrera , en que su pI icó por mi I d ucac.los que de esta condenación

perte necían

á

la C áma ra,

y

había parec id t) que sirviéndose V. Majestad del lo, se

la pod ía hacer de hasta ochoc ientos ducados e n ella para ayuda á la dicha impre–

sión, y no pudo tener efecto po r haber V. iVlajestad mandado remitir al dicho

Diego de Vanegas toda la dicha condenaci ó n. Ha parecido que, siendo V. Ma–

jestad servido, puede hacer ago ra me rced destas q uin ien las doblas, que mon tan

240,000 maravedís, al dicho Antonio de He rrera, para el dicho efecto. pues lo

d emás á cumplimiento de los dichos 800 du cados se le podrán librar en otra cosa.

De Madrid, á

13

de Juli o de , 6(0» . (Cuatro rúbricas) .

Respuesta del R e)':

«Avíseseme si tiene licencia para esta impresión

y

quien

examinó

y

aprobó la dicha Hi s toria »), (Rúbrica de S. M.)

«Lo que hay que dec ir en cumplimiento de lo que en esto V. Majestad envía

á

mandar es que por cédula de V. Majestad, d es pachada por el Consejo Real.

fe cha en 9 de Hebrero del año pasa do 59'), se di ó licencia al dicho Antonio de

H er rera para imprimir la dIcha hi

2

tor ia, la cual por orden del dicho Consejo

examinó y aprobó, prime ro el d octor Arias de L0yola, qu e fue coronista del Rey!

nuestro señor, que haya glor ia. como parece p ') r la dicha cédula y la aprobación

que originalmente ha presentado el dicho Antonio de Herrera . De Madrid,

á

::!4

de Septiembre de 1600» . (Dos rúbricas) .

R espuesta del R ey:

«Como parece». (Rúbrica ) .-(I bíd em, 1600, núm. 116).

I1I.-«S eñor: En 4 d e l pasado fué V. Maj es tad servido de remitir

á

la Cá–

mara un memorial d e Antonio de He rre ra, coronista de V. Majestad yen él se