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260

GOERRA

.s.usodicho., en fe de lo cual firmé de

1

mi nombre.-:---Dó"mingo de

la Presa».

.

.

«En la ciudad _de Almagro, á diez

é

nueve qias del m·es de

Ñoviembr:e . de mil

é

quinientos

é

treinta

é

siete años, ·.ei .

muy magnífico señqr.'el Adelantadq D. Diego de

Al~ag~b,· G~.:.·

bernadór

é

capitan general del Nuevo

rei~o

d·e

Tol~o

_por .'

M., .habiendo v[sto- lós u.utos .cle

-1U.SO

éoriteni~.Os,

eD

~i:-es~n·<"'

cía de mfAlonso

deSil~a, :escrli:rano · de .S.'M".,

e

de

.los:testi~

gos de -yuso esc1,itos; difo: Que ·el dwho fi·ay

-Fran'cis~o

dé)o–

badilla no es juez ni parle ·para mandar lo

CLUé

'.maEda' - por

·cuanto

111

comision ·que tuvo para ser júez ent1:e los dichos se–

ñores

Gobernad.or

~s

se·

aca~ó

y

~sp1ró

el dia -que dió la sen-

.· · tencia,

y

de ella

fué

·apelado como

e?~á,

é

median te la ape–

lacion él no es juez nj lo puede ser, ni innovar cosa alguna;

é

caso que lo pudiera ser, que no es, despues de estar senten–

ciado

é

apelado no puede enmenda1· su sentencia, especial–

mente que se

conoc~

y

ha conocido de él claramente la mali–

cia en dar la dicha sentencia,

y

las maneras

y

for"ffias

qu~

trujo

y

buscó con el dicho señor Gobernador D. Diego de Al–

·-magr~

para que esta cosa se confiase d_e- él sól.o,

y

·se ·pusiese

en sus manos, jurándole

y

prometiéndole por

e-1

hábito de

nuestra Señora · de · partir lo·s- .dichos límites

é·

gobernacion

dejándole en esta

ci.u?a~

de

A!m.agro,

_co.n

~it~d

de la tierra

1

qQ.e hay dende aqm a "Lima; e lo ptat1co e d1JO a muchas per–

sonas sin se lo pedir ni hablar en eJlo el dicho señor Gober-:–

Qádor D. Diego de Almag1:0., salvo ·de su propio rnotu,

y

el

dicho señor Gobemador, ·por el -bi"en

é

pacificacion do todos,

concedió en ello. En lo cual claramente parecían los engaños,

é

falsedades,

é

maldades que el dicho ·Provincial teñla orde–

nadas é fabricadas; é así pareció por la obra, al ti empo que

dió la dicha sentencia, su maia intencion, que llamó al señor

Goberna,dor D. Francisco J>izarro

é

á sus· capitanes para que

estuviesen delante para ·que le favore9i esen

é

alabasen

w

juicio. Y esto dijo que daba é dié> por su respuesta,. no con-'

s.in

-Úerido en sus

mahda~ientos,

·ni requerimi entos, ni en ·a·l–

gu.no

. de ellos,

y

si

ne~esario

es agora apela .de ello, .como

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