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z

78

R es.

y

Exp. del L ib.

l.

de la Rec.

la R eal noticia ,

y

sin haber

2 2

r Que el Corrector

obtenido et pase del Con-

General de Libros lleve sus

sejo

,

como requisito pre-

derechos segun los pliegos

liminaréindispensabte(38).

de

lo impreso,

y

no

del

219

Los Pleytos

y

ne-

original

(2).

Este Auto es–

gocios sobre Becas de pre-

tá derogado por Real Re–

sentacion,

y

dar por bas-

solucion

y

Decreto de S.M.

tantes fas pruebas de los

de

22.

de Marzo de

r763.

p resentados ,

y

los demas

222

Que en la Univer–

casos sobre provisiones de

sidad de Salamanca no se

Becas

ó

encuentros entre

dicte

(3).

los Colegia les, se tratan en

223

Que quando en

la

el Consejo ,

y

no ante otros Universidad de Salamanca,

Jueces , ni Tribunales Ecle-

ó Valladolid se halla se un

si ásticos ni Seculares: así

Señor Ministro del Conse–

resulta del

'm.

rp.

final

jo ,

ú

Oidor Doctorado

en la remisi n de este Tí-

en las mismas , pueda en–

tulo.

trar en los actos

y

exáme-

nes , aunque no sea Cate–

§.

II.

D e los Autos "24cor-

drático

(4).

dados.

224

Que las Provisiones

220

EStá

manda

do que

el

Seií.or

Minis–

tro del Consejo que fuere

á

la

Mesta, se informe en

Salamanca del estado de

sus Colegios, sus E statutos,

vida

y

costumbres de los

Coleg iales

sumariamente,

y

que env ie al Consejo lo

que hallare , pa ra proveer

de Visitador en forma (1).

para

los

Conservadores de

E studios de Salamanca

y

Alcala, aunque las Partes

digan que son Legos

y

Reos,

vayan para que otorguen,

repongan y absuelvan , y

no

para que no conoz–

can (5).

225

Que en las tasas de

los Libros se diga cada

pliego á tantos maravedís,

que segun los que tiene im-

por-