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Res.
y
E.r;p. del Lib. Il. de
la
Rec.
,nes convenientes, para que en
,<linaria. Y con presencia de to,
,la execucioo de esta provi·
,do lo r_eferido,
y
de lo expues–
,dencia no hubiese emparazo,
,to en el asunto por el mi Fis–
,y
que el Reo Íl!ese conducido
,cal, examinado por el mi Con·
_,á
la Ciudadela,
ú
otro parage
,sejo,
·y
la importancia de este
,do nde estuviese con seguri-
,asunto, teniendo
presente
,dad,
y
siempre
á
su dispo-
,que por las Ordenanzas Mili-.
,sici0I1;
y
en su respuesta mani·
,tares está dispuesta la forma
,fes tó , que ántes de haber re-
,de castigar los Oficiales,
y .
,cibido el oficio, habia hecho
,Soldados que delinquen
en.
,poner en la Torre de la Ciu ·
,qualquier crímen ,
y
particu–
,dadela al referido Oficial
Mi-
,larrriente en éste;
y
persuadi•.
,litar por la queja que se le dió
,do á .que nada puede ser mas
,de su delito,
y
que sin negar
,conforple que el evitar com·
,el fun damento de la solicitud
,petencias para asegurar la me·
,fu ndada en el Art[culo
r+
de
,jor administracion de Justi–
,dicha Real Cédula, e halla-
,cia, me expuso su parecer;
y
,ba mayor en las Ordenanzas
,conformáadome en todo con
,Militares para no de prender-
,él , por mí Rea1 Resolucioo
á
,se del Re
, desen
ndiendo-
,Ja oitatla Consulta he tenido
,se de la Jurisdiecion
ue se . ,por bien declarar, que en to–
,cometia al Tribunal de Guer-
,dos los Pueblos en donde hu–
,ra;
y
así que poniéndolo en
,biere Xefe Militar, haya de
,nGticia del
mi
Consejo, se
,conocer éste precisamente de
,sus pendiese
todo procedi-
,sus causas,
y
delitos que co–
'~ien to
miéotras se declaraba
,metiesen;
y
en donde no le
,la competencia:
Y
que en su
,hubiese por hallarse de tránsi–
,execucion lo hacia presente
,to,
ó
retirados, las Justicias
,dicha Sala,
lí
efecto de que se
,Ordinarias:
y
que en confor–
,tomase la providencia conve-
,midad
qe
esta declaracion,
SO•
,niente, á fin de que dicho es·
,bresea la referida Sala del Crí–
,t-ableci1ñiento produxese las
,men de mi Real Audiencia de
,buenas conseqüencias que le
,Cataluña en sus procedimien–
,eran propías ,
y
no se hicie- _,tos contra dkho Ofi ci'! l,
y
,sen tan fr eqüentes semejantes·
,remita
á
su Juez Mili tar los
,del itos con el
as~lo
de estar
,Autos que hubiese formado
,exentos de
la
J
urisdicci-00 Or-
,contra
él.
Y
habiéndose publi.
,ca-