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4

Res.

y

E.r;p. del Lib. Il. de

la

Rec.

,nes convenientes, para que en

,<linaria. Y con presencia de to,

,la execucioo de esta provi·

,do lo r_eferido,

y

de lo expues–

,dencia no hubiese emparazo,

,to en el asunto por el mi Fis–

,y

que el Reo Íl!ese conducido

,cal, examinado por el mi Con·

_,á

la Ciudadela,

ú

otro parage

,sejo,

·y

la importancia de este

,do nde estuviese con seguri-

,asunto, teniendo

presente

,dad,

y

siempre

á

su dispo-

,que por las Ordenanzas Mili-.

,sici0I1;

y

en su respuesta mani·

,tares está dispuesta la forma

,fes tó , que ántes de haber re-

,de castigar los Oficiales,

y .

,cibido el oficio, habia hecho

,Soldados que delinquen

en.

,poner en la Torre de la Ciu ·

,qualquier crímen ,

y

particu–

,dadela al referido Oficial

Mi-

,larrriente en éste;

y

persuadi•.

,litar por la queja que se le dió

,do á .que nada puede ser mas

,de su delito,

y

que sin negar

,conforple que el evitar com·

,el fun damento de la solicitud

,petencias para asegurar la me·

,fu ndada en el Art[culo

r+

de

,jor administracion de Justi–

,dicha Real Cédula, e halla-

,cia, me expuso su parecer;

y

,ba mayor en las Ordenanzas

,conformáadome en todo con

,Militares para no de prender-

,él , por mí Rea1 Resolucioo

á

,se del Re

, desen

ndiendo-

,Ja oitatla Consulta he tenido

,se de la Jurisdiecion

ue se . ,por bien declarar, que en to–

,cometia al Tribunal de Guer-

,dos los Pueblos en donde hu–

,ra;

y

así que poniéndolo en

,biere Xefe Militar, haya de

,nGticia del

mi

Consejo, se

,conocer éste precisamente de

,sus pendiese

todo procedi-

,sus causas,

y

delitos que co–

'~ien to

miéotras se declaraba

,metiesen;

y

en donde no le

,la competencia:

Y

que en su

,hubiese por hallarse de tránsi–

,execucion lo hacia presente

,to,

ó

retirados, las Justicias

,dicha Sala,

efecto de que se

,Ordinarias:

y

que en confor–

,tomase la providencia conve-

,midad

qe

esta declaracion,

SO•

,niente, á fin de que dicho es·

,bresea la referida Sala del Crí–

,t-ableci1ñiento produxese las

,men de mi Real Audiencia de

,buenas conseqüencias que le

,Cataluña en sus procedimien–

,eran propías ,

y

no se hicie- _,tos contra dkho Ofi ci'! l,

y

,sen tan fr eqüentes semejantes·

,remita

á

su Juez Mili tar los

,del itos con el

as~lo

de estar

,Autos que hubiese formado

,exentos de

la

J

urisdicci-00 Or-

,contra

él.

Y

habiéndose publi.

,ca-