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Tít . II. de la Audiencia de Sevilla.

2

59

vil ,

y

crimina l ,

y

un Fis·

neses,

y

Valencianos , por la

comunicacion que su Real be–

nign idad les franquea con los

Castellanos ea los

pu~stos,

ho–

nores ,

y

otras conveniencias

que van experimentando en

Castilla algunos de los leales

Vasallos de Aragon,

y

Va–

lencia

(4).

76

En Real Decreto de

5

de Agosto de

1,707

mandó

S.

M. que en los Reynos de

Aragon,

y

Valencia se ac–

tuase en papel Sellado

(s) :

En

otro de

7

de Se ptkmbre de

1707

que en Aragon, y Va–

lencia se mantuviese la il'lmu–

nidad de la Igl

ia personal,

y

local , como siem pre por

costumbre,

y

fueros se había

guardado,

y

mantenido (5).

Por otro de

7

d Marzo de

1708

que en .los mismos Rey–

nos se estableciesen los dere–

chos de la Orden de Calatra–

va

(7).

En otro de

5

de No–

viembre del citado año de

1708

que los fueros Alfon–

sinos que conceden Jurisdic–

cion de los Luga res que se

fund asen de quince vecinos,

no pudieran derogarse

(8).

En

otro de

3

de Abril de

l7fI

la planta interina de la Au·

dien cia de Aragon , que por

entónces

fué

compuesta de

un Regente , dos Salas , ci-

cal para ambas (9).

Y

en otro

con fecha del mismo dia

1

e

de Abril del propio año de

1711

en que se exp licó el an–

t~cedcn te

; se mand:!ron ob–

servar en

la Sala del Crímen

las Leyes de Castilla: en las

de

lo Civil

las Muni cipales

de Aragon

(10) ,

en los

tér–

minos que con

toda indivi–

dual idad ,

y

claridad

se

ex–

pone en el tom. 4. de esta

Obra, letra A. verbo Ara–

gon, num.

109

hasta el

l 13,

en que tambien se halla el

Real Decreto de

7

de Ju lio

de

1723

donde se declara, que

Aragoneses , Cat2lanes ,

y

Valencianos

son

iguales

á

los Castellanos en las obcio–

nes

ae

Plazas , y Piezas E ele- -

siásticas de la Corona : y la

distincion que

á

los Mallor–

quines se guarda

(30) ,

en la

letra

F.

n.

29.

y en la

P.

n.

7.

y

8.

77

A

las Milicias forma–

das en el Rey no de Valencia

de

1~095

hombres, distribui–

dos en

seis partidos , pa–

ra el resguardo de aquellas

Costas ,

y

<lemas

facciones

que se ofrezcan del Real Ser–

vicio , se les suministra el

socorro que

á

las de Casti–

lla ,

y

se les guardan las de.

l<k

2

mas