N
úm. VII.t
51
de
tormer.to(
olgu11os
~xprtsaban
qua[
l:abia
de
sfr,
en
la qoalmanda mos esté
y
perse·vere
por
&anfo tiempo)
quan o
á
ocs bien visto fuere , para que en él
diga
la
verdad de lo
que
está testificado
y
·acusado, con
pro–
trstacion que
1~ ·
hacern os,
que
si
en
d
dicho
lormento
rnurie1e,
ó
fuere
li.:;i.¡do
~-
ó
se siguiere efusion cle san–
gre ,
ó
rnutilacion
de . miembro ·
sea
á
su·
colra
y
ca1
go,
y
no
á
la nuestra., por
no
haber que
e
id'o
Jecir
la v·: r–
dad. Y por
esta
nuestta
sentencia
así lo
p~~nundamos,
y
mantlamos en estos escritos
y
por ello, 4"
Seguiao
las
firmas
ó
rúb1 icas
de los'
jueces (
149 ) .. . ,
.
Quando cre-ía el
reo
que
los
indidos.
no
f<1.rma..
ban
prLeba Semiplena
1
qua!
Se requer'ia
para
.la
senten ..
da
del tormento , podía
'3pelar al cot1sejo
de 1~ S~prema;
y
taq)bien
reclamaba
de
ella
·á.
Jos
mismos
inqu.isidores,
qnando
por a
1
gun ··
achaqüe,
ó
.por su ·deli
cada <;omple–
xioo oo
le podia sopouJr.
En
el
prim ~ r
(·aso
le
c'ónce–
dian fa apela
don,
siempre
que
·la
juzgaban
fund~da,
en–
viando
co ~ l
toda reserva Jos auios
origir?al~~·
al
consejo;
en el segundo le re_,ooodan ·los
f~ntltativos
,
y
siendo
~ieJta
la
c~usa
que
exponh~
·se
subrogab)
á
la
tortura
or–
dinaria · ou a n1as ligera ,
ó
se le administr
¿ba .la
misma
con ménos rigurosidad
e
•
so )
:
Tr
e~ er~.n 1 0 ~ gép~ros
de
11
to.rmento
que regu1crme
1
rHdc·
esdlaba
la In 1
qudisicfiun .,
á
sa–
'1
ba :
el
de
gat
tU (
ha· ,
et
e potro.. ,
y··
e
.
el
u~go
, por
/
los qua tes se
·empezaba .,
siendo
Io_s ·
mas
do
tos.. y
efica–
.ces· para
ob.Hgar
a.t
reo
á
la
confé ~ion.
Como
á
I~t
agu–
deza
de
los dolores acompañaban tristes lamt:nt C:.s·
~y
gri–
tos
descompasadcs, era
conducido
ti
pa'denre:
á:
una.
pkza
llamada cámara ' del
tormento~
que
soli'a
esl_ar·
á
Ntl
lado
N n36
.
( 149)
Orderz·
de procesar,
fot
~8.
·vuelto.
(
,
50 )
Compilacion de·
instrucciQ.n.~~, . ~·
..
50. ~
·.