()~, Monaj}~11os.
i
si
Yporque.la'8
haciet{das
de
grangeda,
co~
No
hay~
hi <
.?10
fon viths,labor
~
ganados ,
~
otras fe:ne-
éie~da
d!!
gr~'! ~
}antes
,
traen coA,ligo grandes
ilnconve.t.uen-
.~e-r.,¡~
tes para los MoñaUedos., fe encarga ,
y
ruega
E" ·e.ifd.
~ .toda~
las Abadefas,y
a
los
Preladas de ellas,
~ap.I2.
aen
evden ,
y
traza (adonde
cemmoda.me'nte
fe pudier:e ·ha<:er)que fe ve.nda
n,y fe hagan ren-l
ta perpetua de ellas ,· en efpecial de las vi-!
ii~s
,
y ganados · ,
y
fe
emplee
el ::al.
pr~ciG ,
·C,n
juros, cenfos ,
y
renta
perpetua , o etl
ti e~·ras
de pan
llevar-.,
que fe puedan
arren~
4ar.
,
Y
porque ·en,algunas
Conventos
e~J~ter..~.
s;
la
ht!vler~
Z3
tener grangerta ) fetn,brandO ., .
\lel1dlmtan~ '
foa
COYJ
/icerJ-.
do ,
o
cogieado
.fu:;,
olivas..,
.por .no ·haver eni
'cia.del
J)i~is.
los lugares
-quien
las
com·pre ,
n'i
las
~rriepde;
torr•'!.
o
por
lo menos
quien pague ,
y de
el jufio ,
Yt
'deoido
prec·io;
por
ta~to
, fe ordena ,
y
man-1
'da ,
qme
d Di1initorio todo
de
la
Provind~
juzgue
quand@
c0ncurre
,la
dich;¡ tnecefsidad~
,y· .
.de
licend.a pata
que-el
~onaíte.riG
pueda
te~
ner la tal grangeda ;
y
la
Abadefa
que fin
lata(
lic~t~da
ruv,iere f.emeJal'lte
gr~ngeda ~.
fe.a
pri..¡
yada de
fu Ofido.
Ire~
fe
ordena ,
que
en
;tos
Conventos
Donde
huvree.
llonde· huviere la'c\icha grangeda, no fe ha-
re grangeda,
ga la vendimia &,entr-o dd Monaller-io , por
no,
fe,
h~ga
lA
las grandes dillracdones
que
de ello
~red
un-
vendtmta
dé~
..l
1 b d
d d h
·
d
fi '
1
tro
del CQn..«
'U~n
;
Y..
a o
ega ,
o~
e .
l\Vter.ee
e
ar e
'Ciento.
- -.·
vmo ; o
aceyte
'tendra, la
.p.uer.tafuera
de la
·•
" daufura,
y
la
.llave
de ella
la hade
tener
el
;vicario ,
l>
Superintendente
de el
Conven..¡
to ., .
a
quien
fe
entregara
todo
el
vino .polj
qu'enta ,
y
razon ·,
y
C1
tendra obHgacion
4~
darla de lo que fe gafia ,
y
en
qu
e, efcr.ivien..¡
'dofe todo eh nn libro , para que
quan.doven~
ga
el
Con
~ad.or~
tQmar
qu~I!tªs ~
payaraz.o~
de
to_.d,Q~
•
... --- ·
·
,M·
kem~