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(187)

3 5.

Esta potestad compele

á

la Iglesia

jure divino,

y es verdad de

Ji.

36.

Los a{Jusos y usurpaciones de los pretendidos Realistas nada prue–

ban contra ella.

3;.

Su falsa política, originaria de los hereges, cuyos errores tiene 'con–

denados la Iglesia.

38.

Es de la competencia de sola la Iglesia todo lo perteneciente á Sa–

cramentos, por mas que sean señales sensible.$.

3g.

El fuero interno sacramental

y

el externo espiritual, que quieren

confundir los novadores , son objeto de ia doble potestad de la

·Iglesia.

4o.

Intima conexion de la disciplina con el dogma,

y

anatemas de la

Iglesia contra los que afir;man ó niegan puntos que de suyo son dis–

ciplinares.

4

1.

Sentencia del Papa Pio JTI sobre esto.

4

2.

Separarse de estos principios es renunciar al catolicismo.

43.

Contra la doctrina católica sintieron JYlarsilio de Padua, Wiclef

y

Lutero.

44.

Tambien los jansenistas, pero con mas disfraz

y

solapería.

45.

El diluvio de escritos que han pub{icado ha fascinado

á

muchos.

46.

Sus giros y manejos.

4

7.

Se descubren sus embustes.

48.

A sola la potestad eclesiástica pertenece conocer sobre la observan–

cia y cumplimiento de sus .l eyes.

49•

Otro pretexto para inoadir los derechos de la Iglesia:

la

Protec–

cion Real.

So.

Protegerla en el debido sentido es obligacion de los príncipes ca-

tólicos .

51.

Por serlo no han adquirido derecho alguno sobre la Iglesia.

52.

Ni pueden nada cerca de su disciplina.

53.

D ase la verdadera idea de la

Pro

teccion.

S

Siroe para hacer observar las ordenaciones de la Iglesia.

55. Pruébase con la autoridad de San Isidoro de Sevilla .

.56.

No es proteccion de jurisdiccion, sino de auxilio.

5

í •

Autoridad de F en elon.

58.

Y de Bossuet que lo confirma.

5

9•

Y así lo entendieron los príncipes cristianos.

6o.

Y lo han enseñado los S a ntos Padres, Doctores y Concilios.

6

1.

Y confesado nuestros mas sabios jun:sconsultos.

6

2.

Extender mas allá la proteccion es trastornarlo todo, y contra

esto ha reclamado siempre la Iglesia.

63.

Pueden los príncipes hacer leyes auxiliatorias de las canónicas

preexistentes,· pero no prooeer contra ó fuera de ellas.

64.

Otros pretex tos frívolos inocntados por los protestantes y seguidos

por los pretensos Realistas, para hacer que los príncipes invadan

los derechos de la Iglesia.