REY.
P
Or quantp por parte de Vos
d
Reverendo
en
Chrillo Don. Balthafar de Baílero
y
Lledo,
Obifpo que fLüíl:eys de Gerona , fe me ha repre–
fentado teneys compuello,
y
defeays imprimir
el
Tofuo fegundo del Libro intitulado;
Conferencias
de ta Dioceji de Gerona, fobrc varios A!Juntos pra8i–
_tos
muy
importantes en Materias MoratcJ
y
Prudcn–
:ciatCJ, pertenecientes al EjladoSacerdotal
J
Paj}or11';
.
y
pa~a
poaerlo execütar fin in<i>urrir en pena al–
guoá, me fuplicalleys fuelfe fervido concederos
,Licencia
y
Privilegio por tiempo de diez anos
J>ara
fu Impreíion. Y vifió por lós de mi Confejo,
fe acordo expedir efia mi Cedul<I: : Por la qual
()S
doy licencia y facultad, paraque, fin perjuicio.
de Tercero, por tiempo de diez años , que han
de correr, y contar[e defde el dia de la fecha de
ella, Vos, o la Perfona, que vuellro poder tubie–
re, podays imprimir y vender e! referido Libro,
que habeys efcrito, con que antes que fe venda,
fe traiga al mi Confejo, y Certificacion del Cor–
reélor General de dtarlo conforme con el
Origi~
nal, parague re· tafe el' precio
a
que fe ha de ven-
- der.
Y
mando al lmprefo.r, que le imprimiere,
no imprima fu primer pliego, ni entregue al Au–
tor mas que un folo Libro, con el Original para
d~ch~
correccion, hafta que primero eí1:
1
e
co rre–
gtdo, y taiTado por él mi Confejo, y
eíhnd~lo,
pu~da
imprimir dicho principio, en el qual fe..
gmdameme fe ponga ella Licencia, la Aproba..
c
ion, Taífa, y Erratas, pena de caer
e
incurri;:
Tom.JI..
§§
3.
eB