·.t
3
6
CoNFElúNcrAs
DE
GERONA·,-
penfatione
fiu
Privilegio Pontijicis, de manu SácerJQ..
tis fomcndam Sanélijsimam Eucharifliam;.
poco def..
pues añade :
Ad lnjirmos,
.ji
ab . Ecclejia defera-·
~ur
,pubtice
&
c.umpompa, juxta formam Rituatis
R
•
Romani;
ji
vero ab Oratorio Privilegiato, cum for-
Tl.
P.l
onMcaghla
ma ·decenti.
Veafe
a
Roncaglia fobre lo mifino. Y
?CO
og. ora'
t:. ' .
l . . . E
e
/
r.
h 11
1
tom.
2
,traéi,
r
s.
a1s1 a qua qmer mermo, que 1e a e en a guna
.
~ud!fi,t .
'C.6.reg.
··de las
re~er·idas Cafas,fer~
facil
e~
comulgar con
1~
f.!t
praxi n.3.
JrequenCia que le aconfeJe fu D1reC:1or, ·pues fe le
puede adminiíhar la Comunion por qualquier
Sacerdote que celebre en fu Oratorio; COJ.:)fagran·
.do
a
efl:e
.fin,
junto con fu Ho!l:ia grande, otra
r
Forma pequena, para la Comunion del Enfermo.
3
6
Bien entendido, que defde dichos Orato·
rios no fe les ha de admini!l:rar por Viatico, quan·
do e!l:an de peligro, que primero no fe les haya
' lleba_do publica
y
folemnemente defde la IgleG:a.
Parrochial, por el Parrocho,
u
otro Sa
'cerdo.tede
fu lice1,1cia ; por fer e!l:e un derecho
y.
ac.cion
propria de
el
que es Cura de Almas. Adminif.
" trado empero el Viatico
a
los tales Enferqaos en
e!l:a conformidad, podd qualquier Sacerdote
re~
petirfele defde los Oratorios , de la manera que
P. lurnbier
fe ha dicho. Efl:e es el ufo
y
prac1ica de e!l:os
Fragmentos
11
a-
R eynos de Efpaña ,
y
lo fi1pone el P. Lumbier,
rios part, z. n.
doél:o Carmelita Calzado, gue hablando en 'ter–
"'ZZ4.[ot,492.
minos de dl:os Oratorios privilegiados,
y
de
repe~
tirfe defd e ellos la Comunion
a
los Enfermos de
pel igro , dice:
Pero los otros Viaticos, que puede
recibir en la mifma enfirmedad, -no necejitan flan de
la Parrochia, ni de lú·encia del Vicario.
El Señor les
afsifta ,
pa~a
il1
debido 'umplimiento.
·