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y

de las instituciones tutelares de los pueblos constituidos, conviene

combatirla por todos los medios que el derecho pone

á

disposión de la

gente honrada;

2.

0

Que Su Santidad León Xlll ha puesto en ciRro. con admirable

sab1duría, las tendencias de esta

~ecta

y los males que ha producido en

las sociedades modernas;

3.

0

Que León Taxi! primero. y últimamente Dommgo Margiotta

Waughan, han descubierto con pruebas irrefragables el último fin de

las sociedades masónicas, que no es otro si nó la

dernonolat1"Ía,

fran.

queando así la salida

á

todos los ·que se hubieran alistado en sus filas,

por alucinación ó sorpresa;

-!.

0

Que el mundo civilizado, dócil

á

la. palabra autori7.ada del Ro–

mano Pontífice y comprendiendo que la doctrina masónica ultraja

á

Dios y desconoce los verdaderos intereses de los pueblos, ve hoy gene–

neralmente con indignación y rechaza con _desdén los propósitos tene–

brosos y disolventes de las sociedades secretas;

Rllsuelve:

Adherirse

á

los acuerdos del Congreso Antiipasónico, reunido pocos

dias ha en la ciudad de Trento. y hacerlos prácticos en todo aquello

que sea compatible con las necesidades y condiciones de los diferentes

pueblos del Perú.

INSTRUCCIÓN DF. LA RAZ.\ 11'\IJÍGENA EN EL

LEPA~TAMENTO

lJE PUNO.

El Congreso Católico del Perú

Considerando:

1.

0

Qne

1:1

instrucción primaria de los niños indígenas del Departa–

mento de Puno se halla sumamente

de~cuidada;

2.

0

Que, en el estado actual, el indio se utiliza sólo como contribu–

yPnte ó como soldado,

~in

disfrutar las ventajas de la ciudadanía que

le dadan una sólida instrucción civil y religiosa;

3.

0

Que es muy pr";>io del catolicismo perfeccionar la obra de civi–

lización de las poblaciones indígenas traídas

á

la vida civil por acción

de sus misioneros; y

4.

0

Que todos ó la mayor parte de los habitantes de esas regiones ba–

hlan los idiomas

quechua

ó

aima,·á,

ignorando por completo el cas–

tellano.

Acuerna:

1.

0

Promover por medio de la Unión Católica de Puno, el estable–

cimiento de

Escttelas

dornir~icales

y

noctu.nws

f'n las poblaciones que se

pueda, destinadas á dar instrucción primaria y catequística á los indí–

genas de la localidad ;

2.

0

Encargar

á

la misma Sociedad que, de acuerdo con el Iltmo.

Diocesano, procure el establecimiento de algunas Escuelas Parroquia–

les, costeadas por las fábricas y por erogaciones voluntarilts; y

3.

0

Que igualmente, la Unión- Católica de Puno solicite dellltmo.