.
16
z
In:falibilidad Je la verdadera Igle/ia.
fofiomo
bom.
83.
in Mattb.
fado refponaer; pero habien..
Oh
qaot
rJicunt
v~llem
ejus
for-
~º.
leido,
y
rcleldo aquel
Con..
mam
,
&
calceamenta viáere!
c1bo ,
no
he encontrado coía.
Ipfum_
~itur
vides.' ipfum
tan--
~gunade
quant?
.dice
el
Pice–
gu
,
tpjum
comeáts
&c.
runo,
que
prob1b1effe
tlefpedir
38 A lo que opone nueC.
la muger
a
los Obifpos,
Pref–
tro Contrario en·la pag.
I
55.
bytcros,
o
Diaconos
;
y
no
fo–
(:Ontra el Concilio Niceno
II.
lo no lo he encontrado en el
yo penfaba relponder, que el Canon V. que me cita
,
fino
Canon de aquel Concilio en
en ningun otro. Hallo si que
nada era contrario
a
los De-
en algunos de
fus
Canones fe
.cretos de los Concilios pofre-
decretan leyes concernientes
.riot
, porque
fi
decreto
que
a
la continencia de los Ede–
ninguno átbia áefpeáir
a
la mu-
íiafticos ' principaliísimamen–
gcr
b.ixo del
pretexto
de
piedat.l,
te en
d
Canon
r8.
en el que
fucffe
Ob'1o
Presbf!e~o
,
o
fepara
a
las
m~geres
de las
ca–
Diacono
;
no d
0
termmo que
fas de
los
btípos, y de los
qualquiera que
b.
po;
Monges.
Eti
el €anon 28. pro-
Presbytero , o
o
de-
hib
a
los Mooges los Colo-
bia tomar muger,
o
qui
quíos con las Monjas , aunque
ren , y praillc·
es prete
di-
fi
an parientas , fin la prefen–
dos Reformaaos. Una cofa
,
cia de la Abadefa ;
y
en
el
Ca–
que el Obiípo,
o
Presbytero
non
22.
prohibe
a
los Cleri–
no defpida la muger con quien
gos, y Monges comer priva..
anees de
fu
ordenadon tenia
damente con las mugeres
&c•.
contraldo matrimonio ;
y
otra
cofas abfolutamente contra–
muy diftinta que bufque
mu-
rías
a
lo que
fupone
el Piceni–
.ger el que antes
no la
tenia.
no. Me imagino que nueíl:ro
,Lo primero concede
la
Iglefia Contrario en efra parte
fe ha
Griega
a
fus Obifpos , y Pref-
valido de una de fus acoftum.
byteros ; lo que cambien le
bradas ·equivocaciones , cican–
pernúte
a
la
lglefia
Griega la
do el Synodo Niceno
Il.
en
Romana ; pero
lo
fegundo
lugar de
l Trulano , cuyo Ca..
ninguna de
)fis
d~
Iglefias
non
q.
hab.lamal de la con–
Griega,
y'
Romana
lo admi-
cinencia,
y delcelibato
de
los
ce ,
y
folo lo pretenden,
y
Ecleíiafticos ; pero
que
prueba
praétlcan las pretendidas
Re-
podra formar contra
m1
de
formadas.
~i
y_o bAbia
r.cn.:
.a~uel Sy~9do
,_
'uyo
Canon
con