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.

16

z

In:falibilidad Je la verdadera Igle/ia.

fofiomo

bom.

83.

in Mattb.

fado refponaer; pero habien..

Oh

qaot

rJicunt

v~llem

ejus

for-

~º.

leido,

y

rcleldo aquel

Con..

mam

,

&

calceamenta viáere!

c1bo ,

no

he encontrado coía.

Ipfum_

~itur

vides.' ipfum

tan--

~gunade

quant?

.dice

el

Pice–

gu

,

tpjum

comeáts

&c.

runo,

que

prob1b1effe

tlefpedir

38 A lo que opone nueC.

la muger

a

los Obifpos,

Pref–

tro Contrario en·la pag.

I

55.

bytcros,

o

Diaconos

;

y

no

fo–

(:Ontra el Concilio Niceno

II.

lo no lo he encontrado en el

yo penfaba relponder, que el Canon V. que me cita

,

fino

Canon de aquel Concilio en

en ningun otro. Hallo si que

nada era contrario

a

los De-

en algunos de

fus

Canones fe

.cretos de los Concilios pofre-

decretan leyes concernientes

.riot

, porque

fi

decreto

que

a

la continencia de los Ede–

ninguno átbia áefpeáir

a

la mu-

íiafticos ' principaliísimamen–

gcr

b.ixo del

pretexto

de

piedat.l,

te en

d

Canon

r8.

en el que

fucffe

Ob'1o

Presbf!e~o

,

o

fepara

a

las

m~geres

de las

ca–

Diacono

;

no d

0

termmo que

fas de

los

btípos, y de los

qualquiera que

b.

po;

Monges.

Eti

el €anon 28. pro-

Presbytero , o

o

de-

hib

a

los Mooges los Colo-

bia tomar muger,

o

qui

quíos con las Monjas , aunque

ren , y praillc·

es prete

di-

fi

an parientas , fin la prefen–

dos Reformaaos. Una cofa

,

cia de la Abadefa ;

y

en

el

Ca–

que el Obiípo,

o

Presbytero

non

22.

prohibe

a

los Cleri–

no defpida la muger con quien

gos, y Monges comer priva..

anees de

fu

ordenadon tenia

damente con las mugeres

&c•.

contraldo matrimonio ;

y

otra

cofas abfolutamente contra–

muy diftinta que bufque

mu-

rías

a

lo que

fupone

el Piceni–

.ger el que antes

no la

tenia.

no. Me imagino que nueíl:ro

,Lo primero concede

la

Iglefia Contrario en efra parte

fe ha

Griega

a

fus Obifpos , y Pref-

valido de una de fus acoftum.

byteros ; lo que cambien le

bradas ·equivocaciones , cican–

pernúte

a

la

lglefia

Griega la

do el Synodo Niceno

Il.

en

Romana ; pero

lo

fegundo

lugar de

l Trula

no , cuyo Ca..

ninguna de

)fis

d~

Iglefias

non

q.

hab.la

mal de la con–

Griega,

y'

Romana

lo admi-

cinencia,

y del

celibato

de

los

ce ,

y

folo lo pretenden,

y

Ecleíiafticos ; pero

que

prueba

praétlcan las pretendidas

Re

-

podra formar contra

m1

de

formadas.

~i

y_o bAbia

r.cn

.:

.a~uel Sy~9do

,_

'uyo

Canon

con