Table of Contents Table of Contents
Previous Page  70 / 210 Next Page
Information
Show Menu
Previous Page 70 / 210 Next Page
Page Background

2

SOBRE EL SISTEMA

NACIONAL DE

BIBLIOTECAS (SNB)

A. LA BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU,

ENTE RECTOR DEL SISTEMA NACIONAL

DE BIBLIOTECAS

En marzo del 2012 fue presentado ante el Congreso

de la Republica el Proyecto de Ley del Sistema

Nacional de Bibliotecas y luego de una larga

espera, el 4 de junio del 2013, fue aprobada por

total unanimidad la Ley N.

0

30034, de creaci6n del

Sistema Nacional de Bibliotecas. Tras su aprobaci6n,

la Direcci6n Nacional form6 una comisi6n de trabajo

para la elaboraci6n del reglamento de la Ley del

Sistema Nacional de Bibliotecas.

La ley establece que la Biblioteca Nacional del

Peru es el ente rector del Sistema Nacional de

Bibliotecas y, como tal, tiene la responsabilidad

de propiciar que las bibliotecas publicas del pafs

se constituyan en centres de animaci6n cultural y

social; de fomentar la creaci6n y la sostenibilidad

de las bibliotecas regionales, locales y comunales; y

de establecer estandares mfnimos de calidad en los

procesos bibliograficos, los servicios prestados y las

instalaciones bibliotecarias.

El reglamento de la Ley del Sistema Nacional de

Bibliotecas, elaborado y presentado por la Biblioteca

Nacional, fue aprobado mediante Decreto Supremo

Cabe senalar que despues del

Bando de Fundaci6n

N.

0

002-2014-MC, que operativiza la implementaci6n

de nuestra instituci6n en 1821, por el general San y despliegue de la ley a nivel nacional.

Martin, esta nueva ley (30034) es la primera norma

jurfdica especializada de esta envergadura. Bajo un Para fortalecer el desempeno y la proyecci6n

enfoque inclusive de desarrollo humano promueve institucional del Sistema Nacional de Bibliotecas, a

la descentralizaci6n y la participaci6n activa de la comienzos de octubre del 2011, se propuso el

Plan def

sociedad civil y de las comunidades.

Sistema Nacional de Bibliotecas al Bicentenario

cuyo