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3.2.

REGLAS DE CATALOGACIÓN ANGLOAMERICANAS PARA EL

CONTROL DE AUTORIDADE DE NOMBRES PERSONALES

Las

R

glas de Catalogación Angloamericanas reúnen la normatividad aplicable

para la a ignaci n d lo punto d a

o y ofrecen un estándar válido en la

de cripción de

1

mar riales quepo en las unidade de información . Estas

reglas on riguro a y p rmanentemente r vi ada por

The ]oint Steering

Committee far Rwision of

AACR

que, a u vez, e tá conformado por diferente

comité repre entativo d vario paí

Para el regi tro d l

n abezamienro de per onas

XOO (100, 400, 500, 600,

700, 800),

e deb

tener en c n idera ión la normatividad

tablecida en las

R AA,

cap.

22,

que e tablece lo iguiente:

3.2.1.

Ele

ión del

nombr

3.2.1.1.

Regla general

(22.1)

e elegirá como en bezamient de per ona, el

nombre p r el cual e conocido mayormente, el cual

pued

r el nombre verdadero de la per ona, el

seudónimo, el título den bl za, el obrenombre, la

ini iale u o tro apelati o.

Ejemplo:

EN AB.: Manolete,

1917-1947

100 O# $a Mano! te,

d

1917-1947

400 1# $a R drígu z, Manuel, $d

1917-1947

400 1

#

$a R dríguez

án

hez, Manuel

$d

1917-1947

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