3.2.
REGLAS DE CATALOGACIÓN ANGLOAMERICANAS PARA EL
CONTROL DE AUTORIDADE DE NOMBRES PERSONALES
Las
R
glas de Catalogación Angloamericanas reúnen la normatividad aplicable
para la a ignaci n d lo punto d a
o y ofrecen un estándar válido en la
de cripción de
1
mar riales quepo en las unidade de información . Estas
reglas on riguro a y p rmanentemente r vi ada por
The ]oint Steering
Committee far Rwision of
AACR
que, a u vez, e tá conformado por diferente
comité repre entativo d vario paí
Para el regi tro d l
n abezamienro de per onas
XOO (100, 400, 500, 600,
700, 800),
e deb
tener en c n idera ión la normatividad
tablecida en las
R AA,
cap.
22,
que e tablece lo iguiente:
3.2.1.
Ele
ión del
nombr
3.2.1.1.
Regla general
(22.1)
e elegirá como en bezamient de per ona, el
nombre p r el cual e conocido mayormente, el cual
pued
r el nombre verdadero de la per ona, el
seudónimo, el título den bl za, el obrenombre, la
ini iale u o tro apelati o.
Ejemplo:
EN AB.: Manolete,
1917-1947
100 O# $a Mano! te,
d
1917-1947
400 1# $a R drígu z, Manuel, $d
1917-1947
400 1
#
$a R dríguez
án
hez, Manuel
$d
1917-1947
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