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la suprema résolucion de .veintiseis de Junio úl–
timo.-Pardo.
CITACION. ·
En Lima Julio trece del corriente año,
á
las
cuatro de la tarde hice saber el auto anterior
á
D. Andres Alvarez Calderon en su persona, el
que impuesto de su contenido, se negó
á
expo–
ner nada sobre el particular y
á
firmar, porque
dijo hallarse enfermo, y por tal, no poderlo ha–
cer, de que doy
fé-1'estigo-Manuel Perla.–
Jimeno.
RECURSO.
ExcMo.
SR.
Don Andres Alvarez Calderon, contratista del
carguío del guano, ante V. E. en debida forma
digo: Que habiendo aceptado por mi recurso de
8 del presente las bases sobre las cuales ha orde–
nado V.
E.
que se pr:actique el carguío del gua–
no, pasados los seis meses del deshaucio, duran–
te los que seguiré cargando por el mismo precio
de ocho y tres cuartos reales, la
tonelad~
efectiva,
bajo las condiciones que actualmente rijen, y te–
niendo en cuenta las aclaraciones de algunos ar–
tículos estipulados con el Señor Secretario de Ha–
cienda,
ocurr~
á
V. E. para que se digne dar la