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t1BRcl
v.Dei,o:s
•
1
•
1
L
A
ocau~
ley era
ace.t'ca
dd
CG- .
·
brar ,los
tdbutQs~los~uales
fe co ·
. brauan, como fe dira. : por quo
~n
todo
huuiefft cuepta,
orden ,
y
r~zon
..
A-cícrto
cie~po
feñalado
fe
juntauá
en
el
pueblo
principal
.de':ª
da prouincia
lo~ juc~e,s cobra~aore~;
Y.
los
cqtado~es~o
efcnuanos
~tenia
los
ñudos
v
cuencas
de
los
tnbtitos:
y
delante
dd
Curaea
y
delGouerna
~or.
Inca
h~zíá
las cuitas,.y partÍcio
nes
por
los
ñudos de fus hilos,
y
con
piedrezael'\s cóforme
al numero de
los.vez.ínos de
la
tal
p_r0uíncia,y
las
faeaua
tan ajuíl:C;ldas
y
verdadera5,
q
en
efra
parte
yo
no
fe
c1
quien
fe
pu~
(la atríbuyr may9r
alaban~a,
fi
a los
contadores
q
fin
cífra.s
de guarífmos
haziá fus
cuent~~
y
parrícíones
tá
a.–
jufradas
de
GOfas
tan
menudas,cofaq
11uefrros
Aríf
metícos
fuelé
bazer có
muéh¡
dífficultad:o
~1
Gouernador
.y
mínífrros
regíos,q
con tanta
facílí
dad entédian
la cuenta
y
razon,que
de
tod~s
ellas les.dauan.
.
P.orlos ñudos
fe
veya
loq
cad;i
Yn
aío
auia trabajado,los officíos
q
aula
hech.l!,loscamíoosq
auía andadopor
mandado
de
~üs
prmcípes,y
fuperío
_res,
y
quaJqtiíera _otra ocupac1ó en
q
.Je
auian ocupado:
todo
lo
qua]
fe
le
defcótaua del tríbutoA1e
pertenecía
,dar. Luego mofirauá
a
los
juezes
co
bradores,
y
a).
Goueruador
~ada ~ofa
de por
fi,de.1as
q
auía
enc~rrad!ls
en
. los
pefit.osreales:q eran
los bafiímé
tos,elpímíéco,Iosv.eftídos,elcal~aqp
las
armas,
y
toda .
las
ciernas cofas,
q
lós
Y
nd1os
dtluá de·tríbuco,
hafra
la
·plata
y
el
0ro,
y
las
píedras
preciofas
,yel
cepre
q
auía
delRey,y
d~)SoJ
ca
.
" d~
parte 4íuídída potfi.
Táb1é·
dauan
, ·,,cuéra de lcéfauía en 1
C?S
pofitos de
ca
da pueblo.
De todas las
quales·cófas
.-!hádauahl.
ley
,q
el
ln<; ..
aGouernador
de
la
prouínda
tuuíe.lfe vn
traslado
do
de
las
q1étas
eh
fu podcr,paraéj
n~
de
part~
rj.e
~os
Yndíos
tributaríos,ni '
<;le
parte delos
mínííl:ros
cobradQtes
hu.ui€ffe falfedad alguna. La
nouen~
ley
era,éJ. todo loq
deíl:o~
níbutos
fq
braua
del
gaft0 real
fe
~phcaua
al
b~é
comú,y
fe
ponía en
los pofiros conm
nes para
los
cíipos
qe1\~c~fsídad.J)
las
cofas
prechifas
~omQ
4
oro.,
y
placa
y
piedras finas,plumería de
dm~
·fai
aues,los colores para las
pínturas_, , ~
tíntqras.:el .cobre,
y
otras muchas co
fas,qcada
?:ño,oa
cada
yífra
presóc-.aua
allnca
los
~uraca,s > mádaua
elRey;q
tomafsé para
fu
caía
y
cruicío
,yp.arlos
de la ságre
real,lo
q
fuelle
menef
ter,yde
loq
fobr~ua
hazia-gracía>ylo
merced
a
los
carpíranes,
y
a
los
feñc~ -·
res de vaífallos,q auíá
tr~ydo
aqllas
cofas:q
aunq
las
teniáen íus
rícrrns,
no podtá feruírfe delfas,úno ern con
príuilegío
y
merced hecha
por
el In
ca.Detodo
lo
dicho fe
cócluye,q
los
Reyes
lncas
comauá
para
fila
me
nor
parte de
los
tribucos,q
le dauá:y.
mas fe
cóuertla
en
prouecho
de los
mífmos
vaffaHos . Ladecí1~1a
ley
eréti
la
q
decla1·aua
]as
díuerfas
ocupado
nes,.en
q
los Yndíos fe auiá de
ocu–
par,a
si en
feruícío delRey,como
en
prouccho de
fus pucbl s
y
Republi–
ca:las
quaks cofas
fe
Jes
.irnponta en·
lugar
de tributo,
q
fas
autá
de
ha·¿er
~n
cópañia,,
y
en
comú:y
efias erá,a–
llanar
los
camÍnóS",
y
cmpedralos;a–
dcre~ar,y
reparar,o hazer
de
nuelll
Jos
téplos
del
SoJ,y
los
demas
sátua
río.s de
fu
idolatria;
y
haier
quatqure
ra o'tra
cofa perteneciente a
los.tem
pJos. 'Eran obligados a hazer
'1.S
,. cafas
publicas.,
como
poficos,.y·cgfas
·¡ara
los
juezes,y
Gouernado
·és
' ~
dere~r
las puentes,fer
cone'1s 9ub
llamal,l