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-----·

TABLA

con

lt.

Fol

Ccdula de la catbedra,que ha de contener,¡ qoié la

ha

de licuar.

.

113.

LO.

Cena de ex amé (ecreto quando,y que,y como

y

quié.

2.03.

3

5.

Cierre la puerta del Clau!l:ro el doél:or mas moderno.

2

o

t.

34·

Clerigos no tienen obligacion a oyr leétion de leyes.

1

43.

l.

5.

Clerigo do$ qualídades voa de perfona y otra de prcf-

byrero,

115·

lO.

Conliliarios acudan con cuydado alllamamienro del

Reétor.

'

-

40.

8.

Con!lliarios quando fe cligen,y quantos del Claull:ro,

y quáros de fucra,y los de fuera por lo menos bacbil

!eres, y juren todos en manos ·del Reél:or.

2.,

l..

ConCiliados con el Rcél:or y fecrctario,regulen los vo

tos para Reél:ot,

l,

ConCiiHios afsill:an a la cuenta que tomare c:I _Rcél:or

al mayordomo.

11.

ConCiliados pena,

ti

no licuaren las cuétas al clau!l:ro.

Il '

ConCiliaría mas antiguo llame a Clau{l:ro,quádo

el

Re

éter lo dexare de hazer.

15.

Conlilíarios lleuen derechos de vifitas de pupillaxe,y

quanros.

.

.

-

2.6,

6.

Confiliarios,Reél:or,y fecretario, firmen los Claull:ros

ordinarios.

19,

6,

Confiliarios con

el

Reél:or cxecurén·las penas del Re-

él:or pafado,en que aya incurrido; ·

3'·

Confiliario mas antiguo,vfe offitio de vicereél:or.

37·

7'

ConCiliados que alsienro en los Clau-fhos"quc hrzi erc

con ellos

el

Rcél:or,y en dpalrco dei.R.que lu,gar.

33.

8.

Confiliarios en los de mas aél: os, fe fienteh conforme

a fu· antiguedad de grados.

-

}8.

8.

Condenaciones pecuniarias para la caxa, a látfua[ fe

applican rodas,

'

'' ·

13·

Condenaciones de mas de veinre pefos hec-h·as a los

. doél:ores/e communique en

el

C)aufiro,y

el

deter-

: mine quando excediere de mas de veinte pefos:

13.

·-·

Có!fertaoiones aya libro ddlas,y mulél:as en podú del

-.

~'

Rc:él:or·.

p5·

lCoodenaciones hechas por el Rcélor en las viÍitas de

_

.

b.achil