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. 1267 ·

.Q!le·dl:a"'tan

jufta

~

·c'o·n1-0·,prt-meditadá

refofocion

,

era la mas eficaz

,

y"·

aútori'zada

Jdom.;

probacion

de

lo alegado fobre

la

ctiminota -·

a~ufa..;

;vencimientos.

eion del _Fif

c~I

,_

y

fe deducían de

~lla

los

ce11V~nci~

mientos figuiences.

·

·· ·

.

'

Qiie,cl'e la

r.e(o~

lucion an'tece–

'd'ente fe feguiá

muchos

con...

Ati~ n~

fe

po–

pia atribuir de,–

lito en aver ob–

fcrvado

el

efii–

lo,dnil:ruccio~

pes de la Cafa,

mayorméte no

pu~iendofe

de

otro modocof–

tear las l¡bo–

res.

F. 457· B.

<l!:te no huvo

otro

arbitrio

pata refarcir al

Mercader

los

coftos de las

fundiciones.

1

2.68

Primero, que las reglas dhblecidas por

los Fundadores ·de aquella Cafa,

y

Don Juan Gon–

zalcz en fus Infl:rucciones,

y

por la coftumbre reci-'

bida,

y

continuada defde la ereccion

,

fueron júf–

tas,

y

utiles al fetvicio de V.Mag.

y

al Publico,

y

no fe podía atribuir delito de

fu

obfetvancia,

y

mas

aviendofe hecho precifo_arbitrar a1gun nuevo me–

dio por los muchos gafl:os que fe caufaba en

~Ha,

pues de otro modo ceífarian las labores en

noto~io

perjuicio de la Corona.

1_269

Segundo, que fentado como innegable

la

necefsidad de difpenfar,

y

afsignar efeéto cieno

de

que

f~lieífen

los gafl:os,

y

recompenfa jufta al

Mercader,

y

no pudiendo

aver

otro ( fupuefio que

el

Fifcal no lo avía podido enc0_ntrar, ni

feñalar, ni

el Real Acuerdo) que

el

de los quatro g-ranos que

Qge nodando-

fubrogo·en

fu

lucrar no

era

culpable en efia parte

fe

culpa en los .

b

'

'

l?~imeros

Ofi-

y

demas Oficiales

el

que obfervaífen

la

cofiumbre-,

~!~j;:va':~~, ~~

ni atribuirles que lo hicieron con mala fee

,

pues

fi

-

fi1p~rior

raz?1\.

no

fe

daba culpa en los primeros

,

con fuperior ra-

en·los pofieno-

r.

d b· d'

J

d

l

res , y particu-

zon no

1~

e

1~

ar en os egun

o_s,

y

mue

10

me..

larmente en

el

nos en

el

Mercader, que no

era

Oficial, ni debia ref-

Mercade.r,

q.ue.

d

d

d

e

d I b

uo

dhl

fu

j eto

,

pon er elos ereétos. e a or.

.

aReíidencia.

1

270

Tercero, que

el

no averíe autorizado

Q!te

alos Jue-

p~r

efcrito

la

.coíl:umbre, confifl:io en los Jueces,

ces

les paredo·

que les parecio fer inas conveniente

fa

tacita tole-·

mas conveni:é-

d'.

fc

d 1

1

1

te la tolericia,

rancia c'on aue_n o

e os

irreyes,

y

e apunta ar

que la providé-

folo en las

~~tas

efcritas por DonJuan Gonzalez

da

infariptis.

d

'

d.

d'.

·

·en or

en a

que

pro~e

1euen_con

mas

t1en!o,

y

mo-

~er_acion,

y

q,ue

no~ falieíf~

al

pU·~lico

el

moti~o

qe

·tá_n jufto,

y

conv~nicnte

difsimufo .,

o

parecieífe

que

~

.

-fe