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.cL

-caigo ,¡fo _·que

fe

le

·dieffcn colunás :de 'lá.dicl·a

Gafa de Limici

;·y

que tambicn puede decir

el.

Tefti–

go, para lá.blilena opinion que en Efpaña ·.tiene

fa

plata··que fe,acuña en dicha Cafa . de Lima., que le

i

¡

-efci:ivep

que una pordon de piara, que para en

fm

i

·poder, y qhe ha

de ~.remjtir

a

eftos Reynos, fe

le

encarga fea en Moneda de la dicha Cafa de Li..

ma,

y

no en lotra,

y

que de efte .icnor ay otras car–

tas en· aquella Ciudad, las .que ha vifto

el

Teíl:igo.

D. Pe1i;¿ Ula-

7 3o

EL

4~-

contefta. la Pregunta como fe ar-

ticula.

0

rtua• .

."

v,...

·

7 3

1

El

-5

.-

que ha vifto

en~quella

Ciudad dar

Don Fernan·do

'

1 d

deCórdcNa.

a los -Eftrangeros un quatro por ciento por e a e-

Iantamiento de la Moneda.

VI.

73

2

El

6.

di.ce,

qué es cierto quanto

la

Pre-

B~r~~~~

de

gunta contiene,y qut: pagan los·Eíl:rangeros 3.

y

4.

por ciento,y que

a

veces

6.y

8.

y

efto lo comprue..

.~.

ha eLTeftigo en quanto

a

que-la Moneda de efta

Cafa ha fido la mas apreciable

,

por

fu

buena·cali–

dad

,

y

pe

fo

,

a

todos los Comerciantes,

y

efpecial–

rnence para los Eftrangeros quando trafican con fus

Ropas .

a

aquellos Reynos, que folicitaban

a

true–

que .de otras que no lo eran de alli, con interes que

en trueque de ella daban :

y

que fabe, por averlo

vifto praéticar

,

que los Comercios de Cadiz,

y

Se–

villa (por avet afsiftido en Banco de plata .,

y

ne–

gocios) que quando al Eftrangero fe le entrega

el

.dinero pefado, recibe por de pefo cabal, teniendo

un mil pefos ciento

y

diez

y

fiete marcos

y

dos on–

zas :

y

lo que excede de efte· pefo abona al que en...

trega por mas caudal, y fobre,el todo da

el

interes

que en la ocafion corre en

el

Comercio.

vn.

7 33

El 7. que fabe

fa

ventaja que tiene

la

Mo-

Don Gonzalo

neda de Lima en. toda la Europa ,

y

que fe 'pide por

Cavetano de

la

1

·

·

·

d

·

[o'rre~

os que comercian,

tienen correfpon encia en

"aquella Ciudad:

y

que

en

quanto

a

fu

ley,

Cabe

que