en
quant~
··a
los gaftos
j
·y
a:
las
cortveni'en~i~s
,
y
que es de juílicia
que
tengan
la
debida recompenfa
de
fu
induíhia,
y
caudal, que emplean en efte cxcr–
cicio, no fe debe eftrañar que no encontrandofe
otro arbitrio que
el
del mencionado feble,
fe
in–
tcrpretaífe ,
y
moderaífe la
Ley,
y
la Ordenanza
por los Superiores, reduciendola al 'temperamento
que parecio propor:Cionado. ·
<l!_ie fin
emba~-
5 55
nue tambien
fe
pudo atender
a
que
fien-
go c,l.e
la
mod1-
•
'<.!:
.
.
fi~aci~n
que fe
do
afst
que por la
Le~
41.
del titulo
'2
r.
ltb.5.
de las
.hizo. ª
la
.Ley
de
Caflil/a, [e
mando , que la Moneda labrada fe
~1.t1t.1x.ltb.5.
'J"'
.át
/~
R ecop. de
Cntrcgaífe
a
fus dueños por pefo,
Y
no pot quenta,
Cafitlla,
por la
h
. d 1
d d 1 d
h R 1
. .de las D ecla-
ac1en o es mere
e
e
os erec os
ea es :
y
que
·:-aciones al mif-
falo
en
cafo qúe ellos quifieífen contarla una
a
una
motitulo pof-
.r
h
·
rr
d h
1
r
'
·teriorméte por
ie
uv1euc
e
acer
a
entrega por pe10,
y
por quen-
la
r
n. tit.2
3.li-
ta,
y
que efta Ley,
y
Ordenanza parece averíe de-
bro
4.del
as del
.
las
Indias , fe
rogado por la
4.
de las
Dec aractones
que
fe
pufie-
bolvio
ª
man-
ron dcfpues
del
referido
titul.
y
las trie,
y
refiere
dar fe , obJer-
.
. ,
-
;vaífe dicha Ley
un Autor, que
efcnv10
en
~quel
Reyno,mandando
·M41.
'ydqne
~
1
V.Mag. que de
alli
adelante los Tcforeros de dichas
erca er rec1-
._,
_
_
_
bieífe pefo, y
el
Cafas entregaífen las piez?s de
_2f0,
y
plata labra-
,T
eforero e/.lu-
d
r
d 1
'
í:
b
:vieífe obligado
~s,
pe1 aE-o as
ug_a a
m~_a,
y
no en otra iorma,
a-
ª
hacer.lecierra
xo de las penas en ella expreífadas : y fin cmbarao,
fu
partida por
l
' 1
d·
1 '
b
suenca,
y
pefo.
por o que toca
a
as In las ,
fe
promu go dcfpues
·
la
Ley
10.
~el
referid0
titul.2
3
.lib4.
de_las de aquc-
~
'
1
1
, ,_
'
llos Reynos·, renovando
la
Ley
41.
de
Cajilla,
y
.¿
i
)~
J _ .
corrigiendo
la
poíl:erior Declaracion de ella: pues
•
ordena, que luego qué eíl:e labrada la Moneda de
oro,
o
plata,
fe
entregue
a
fus·dueños en prefencia
del
Efcrívano ,
y
Oficial~s,
pQ_r
el
mifmo
~o,
y
pefo que
fe
recibio,
y
no ..por quenta:
y
que
fiel
du'eíío la quifiera
con.~a't,
y
pcfar
una
a
una,
lo
pueda
hacer~
y
el
T.éfotero fea obligado
a
hacerle
cierta
fu
Móneda por· pefo,
y
quenta, que fon fus
formalgs pálabras.
~
:
.
¡.
:
5
5_6
~é
de
ellas
fe
infiere ,.que
d .
cfiab~eci..:
LJ
l
. m1en-