auoqu·e
fe
ofrezca
a
provar
la
co
mun efhn1acioo,
y
valor del
rié–
po de
la veta,
y
que
conforme
a
ello la lefion fue
enormHsima
'
oi ayudade
de las
leyes
q-ue
en
e{
·t-e .cafo hablan, fino que
la
venta
-que fe celebrare por los gue libre
mente pueden contraer, fe.) vah–
ea,
y
firme;
e
qnc
acpJd
{e llame
juH:o precio (]Ue fe
dio
por
\a
mi–
na al ciem po
del contrato,
e
que
!obre
íe:neja .ue.cáu{a los Juezes
·DO
a.dmitan demandas, ni
haoan
pr
oc.effo~.
Pero
fi
los. conér
at~o
tes fueren
ménores~
e
lndios.,
o
~
perfooas
riv'ilegiaJ.1s,
qu e
(i
füre
ren hecnas las folemnidades qU'e
, de
derecho
ie
requieren
para veo
cler ,_
y
comprar, que
quant~
_al
engaño
Jo
rn.eímo
(e
entienda
·
~on
ellos,
q
con
codos
los de mas.
·!Todo lo
qual los
Juczes
guarden
y
_cumpl an fo
pena
de
quíníetnos
.peías
aplicaaos
fcg~n
dichQ
c-s~
peler
a
los que
fueren o6cia1 "' ;
que
aÍsienten
a
vfar {us
ofides 2
poniendoles para el lo penas, exQ
cutandolas en
fus
pe
donas.,
y
oie..;
nes
conforme
a
la
calidad de. l
s
pedcnas;
y
fi
los oficiales
nccd~
farios no fe hallaren para
que
re-,,
fidan
en
las
dichasJninas,
avifen·
dello
al
Vifocrey
o
Prefidento
de
la
Audiencia
en
cuyo
diílriéa.
~ayerrn,
para
que.como
coL~
tara
importante al forvicío de
{u
Ma..;
geíl:ad,
y
bien
vni vedal
lo
máde
-proveer,
fopena
que el
Ju
z.
q
lo contrado
biziere,
o
G.
faere en
le
fu
(o dieho re rn
i(f
o in -
rr
~
en
pena de Jucicntos.-
pcfos
ap
i
a·
dos la
mitad
p
ra -1
Catnara,
Y:
la otra
mitad pa-ra
gtl Hos de reG ·
dencia,
y·que
{e le
h3ga
cara o
de
lo
f
uío dicho
en la que
ad
le
fue
te con1ada.
()rdammza
xii~ ·
Qtú
!11
Jítfliciúl
_no
conji.ent11,
.~agam:undos
,=
1li
·
ju~ ,
adores-.
en'
los
afsientos de
~
.
minas,
y
.
ks
que
fueren
oji...
úa!es -vfen fus
oficios.
~
Oráenan:{_,d xiii.
C,zliJaJes
que
fu11a
de concurrir fn el ..
Alcalde
m.ayot•,
de
mirias ,
afsi.para
14
la/wr.del·
las, como para
!t:t
1Jiftt1
y
Jetermi~
nacisn de los
f
ley
tos.
Y.
Porq
in\Forta
al
Íérvic·o
de
Dios
nudho
Se ño r¡
El
mifmo
Y
Por quanto en
los
a fs.ien.t~s
de
y de fo· Mgeíl:
'd,
Y
b!é.
.
nünas (o-a
o: uy
p equd1c1aies
y
'
onfervacic.nl·deíh:
a{sieoto,
Y,
los
vagamundos,
e
jugadores,
al-
petpetuid·d de
las
l a bo~s
Y
T_U~-:
aunos de lo
qnales
{on-
oficiales
nas,
y
que
las partes
e
tlg
4
..
JlH–
~eccílarios
par.a
el
b ~
e ficio
d~
ticia
1
de qu
el
Alcalde
nl~ror
]os dichos m
~ tales.
r d no ,
y
de minas
<ldta!'Vi\Ja
(ea
-pedo..;
mando, que la
Jufl:icia ten .
a
ef ·
na
abi l ,
y
{Úficíente
en
la abor
pecial
cuy
dado de
proveer
~on
de
las
m~~as,
y
que
e~1ti~nda
de
no
reGdan
en
los
dichos
aL1cntos
ellas~
y
Cj
ecre
en
\as
?11nh,
y
vea,
~
dcfterrallos
de .ellos,
y
com·
y
le c:ntm: de
la~ .
d1fc1enc.ias
~e
#
1'
ó
Aaj
.. -
-
,.J
El
Li±.:–
Lup.daaa>
Ord~a~
á