Orde.n xiii,Q!ie
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lar
lnd~ias
caft1tl'tls ion
frib;, •.
tarios.
1
Ten
~ando,qt:iJe
los
Cazigues,y
Principales no·
cobren
de
las
In
(!Ji.S
cafadas con
los
Indios
tiibu ·
tarios
t affa
álguna
de
plata, ni de
e>tra
cofa
algu.n~,ni
menos
las
ocw
peo en <]Ue
h ~en
Jana )ni
t~san
•.o–
pa alguna
de
la que
Je
dla
manda
do
d.arde
ta(fo,porqueitan
folamcn
te
fe han de
ocupar
en
fernir
a
ÍU1
maridos ,
y
encorar a fus
hijos,
porq
cfi.oyinformado~
han fido moJe(•
tad as
ror
los Caziquet,
y
mando
11e11
de
Jos repartimientos:
lo
qual
~a
fido caufa
de
que
no
tienen
cfta•
do en que firuan a
Dio1
nuellro
Señor,recclando
la
coílumbic que
hafla
~qui
fe ha tenido. Y ro.ando
q
cJ Corregidor de
cada Prouincia
_ tenga
particular
.
cuyda.do.en que
fe cumpla' lo
fufo
dicho.
Crdenanfl
xi'V . ~Jfe
no
cDbren lt1{
.'
f11
de
/411
lnditH viudt1s
,
ni
tle
Íos Indios
referu~áos•
I
Ten,
ordeno,
y
mando,
que
los
C~ziques,
y
Principales de
Jo3
t epa"r.timientos
no
cobren üffa
al ~
gun~
de las
Indias
que quedaren
"iudas , de Ja
~
les efiaoa re pat da
a fus maridos:ni por
el
en
figuiente
la
cebrcn de
los)ndh~,que
no
hu ·
uieréo llegado a 'edad
de
txibuta ~,
ni
de los
Indios
que
quedan
refer–
u ados della por viejos impedidos.
p~r
los
Vifü~ do rcs
que
los.han vi·
fitádo,fo
pena
de
íu_f
penÍlon
del .car
go
de
Caziqu~,
'6 Piincipd
por
quatro-años"
"
·
·
::
...
~,
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t •
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¡
•
Orden,
·~'V; ~9ue- tJoMb:rtn~ t·.ributf>~
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J.e'f" f ·ar-·
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I
T
~n. i:iando,qu~
los
Caziqt·!es~!;
Pr111c1p~les
de cada
rcpammu:~
to ~no
lle uen
tributo
a Jgunó a 1'1 s¡
Indias de
f
u·s
ayllo~,
que fe
caf.a_.i
rcn con Indios , que no
fean
de
fu,
-y
llo,
porque
fu
muido lo ha
de pa
·gar
~1
a
y
J
Jo donde es ni-tora
1,,
y
cJJa fe ha
de ocupar
en
feruicio
del:
dicho
fu
marido.
Ordtn1111f
"·
x ·iii.
Lo.J lntliol'
que..
.
lrtJ'XIYOJ
los C•ziq•es de
ot·rM
p4tlt1
"Í"J
P11eb/01 p•gtttn
't11f
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4íuá~n
•I
Jeruicio Ct>ftlO .lor
dernM
T111u1Con•s
,y
lribut•riot
Jd Pueblo. ·
.
i
]
Ten, porque
losCniques,y
Prin .' .
cipa les
aJgnn~s
vezcs
fuelen 1
.
\
recoger,
y
traer de otras partes
¡
Indios
q
llaman Yanaconas,yCo.r•
1
pas,
a los CJUales
dan
tierras.
y
los
dcmu
aprouechamiento1
de
los
Pueblos,
y
los
efcnfan de pagar ta(
fa ,
y
acudir a
los
fe
r.uicios que
lot
demas, en que los natura les
fon
a•
gr au iados.Ordeno,y
mando.
q
los
tale s Ya ni conas cootribuyin con
Jos demas
naturales , Indios
que
t ributan en
cada
pueblo,en
fa paga
del uibuto,
y
acudan en
losftrui
0
cios,
y
cofas.a
q
ellos fueren
obl~g•dos;
y
{j
de otra
manera
fos
dt•
chos Caziques ,
y
Principalc~
loi
'tu oi,.ren, fea o por ello
cat\:igados,.
y
paguen
doblada Ja taffa, que
los
u les Yanaconas
auií de
pagar,
pot
que
la
mitad
vaya
có
rccompeófa
de los
feiuicies ,
y
cofas
en que.
ayan