~radig3 , cn
la mejor
forma;y
via que
por
Dé~echo;
t .'
nueftras
Confiicucioncs es pcrmitido,quanto
fe
incen
tare pedir,
y
pidicre,por qualquic1·a perfona que V.
P.:
juzgare fer en pcrjuyzio de
nllcíua
juriídieion,
y
dd
bien vniaedal de dichas nucfcras Prouincias. obfer..
uancia de fus loables cofcumbrcs,
y
leyes
municipa.–
fos,confirmadas
por
la
Santa SedcApofcolica,
hazicn~
do anee
fu
Santidad humildemente los informes,
y
fu.
plicas que vic:rc fer nc.cdfarios,y codo 2.qucllo que en
efea parte hizieramos
fi
prcfcntes
fu
eramos;Yafsimif.
~c,para
que como cal Procurador General cxccucc
maderos
ordc:ncs,quc alla
remiticre~os,
impetrando
los de la Santa Sede Apoíl:olica con toda humildad•
Y..
reucrencia;que para todo lo dicho,}' lo a ello anexo,
y,
dependiente le
damos,
y
concedemos a
V. P.
nucfira
autoridad
cumplidammtcJ~gun
que de derecho poj
dcmos,por la facisfocion quede la pcrfona de V. P.
te~
nemos,y de
todo
l,o
que
fuere
obrando en general,
y
en
part-icular nos
ira
dando fiempre
au
ifo
:
y
porque
no
carezca de me.rico,lc
imponernos
el
de:
la
fama
ob~ .
,
dicncia. Y
mandamos,
en virtud del Efpiritu
Santo.
fopena
de
excomuuion
mayor lata:
fentc:mia:, que
n.i~
gun
inferior nueftro
vaya
contra
lo difpucfco,y
ordc..·
nado
en
efta
nuefcra Paccntc. Dada en
efe
e Conucn-:
to
de
nucfcro Padre San Francifco de
Madrid
en
vci~~
··te
tcinco
de Ocl:ubrc de mil
y
feifcientos
y
quarcn~a
-y
vno.
FrAJ
lo(eph
M11ld1n11tltJ,
.C
omijf11rjo
Ge,,er11.l
de
lnJiA1
~
Por
mandado de
fo
Paternidad
Reucrendifsima ~
Fray Manuel de Alameda,
Secretario
General de
l~s Indias~-
c ·o.;
.
__
•.
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