O
N Felipe por
la
gracia
de
Dios,
Rey
de CafüJJa,de Leon, de
Ar~
gon, de las
dos Sioliás, de Ierufalem, de Portugal,
de Nauarra, de Granada, de ToJedo,de
VaJe.ncia, de Galizia, de Mallorca, de
i§~!im!!il
SeuiIJa, de Cerdeña, de Cordoua ,de
Cor~ega,de
Murcia, de Iaen, de los AJgarues, de Gibral–
tar, de
las
Islas de Canaria,de las Indias
Orieritales,y
Oci
clentales,Ishs
y
tierra
firrr~e
del mar Oceano,Archid uque
de Auíl:ria, Duque de Borgoña, de
Bróuare,y
Milan,Con
de Abfpurg,de Flan'des,y de
Tirol,y
de Barcelona,Señor
de
Vi'Zcay2,
y
qe Malina, &c. Por
quamo
conformando
me con lo
diípuefio
y
ordenado en el fanto Concilio de
Trento, auiendo
yo
el
año paffado
ele
mil
y
quinient.osy
ochenta .Ytres,
m~ndado
juntar
los Prelados
de
las
pro–
uincias del Piru
en
la
dudad
de
los
Reyes,
cuya Yglefia
y
~refado
fon Metropolitanos de aquellas prouincias, ct!–
lehraron el Sinodo prouincial donde fe determinaron r .u
chas cofastocan
t€s
y
pertenecientes al aumrnto del
CU h \)
dinino, buen gouierno
Ef
pirituaJ,
correccio11
y
perfecion
· del eftado
Ecclefiafiico:
y
auiéílofe
~cudid'o
a
fu
famidad
por
pa~te
de los dichos
Prelados,
y
del Clero
~6
el dicho
Si
nodo,
tu
u
o por
hien <le le aprouar
y
confirmar,
y
yo
co–
mo hijo
obediente de
la
fanta Ygleíia Catolica Romana,
he
m~ndado
a
m1 Virrey,y
Gobernadores
de aquellas
pro
uincias, que para el cumplimiento de lo difpueílo en el di
c?o Siuodo,
den todos
el
fauory ayuda
que
fuere
neceffa
.
ria: Y.porque para que .todas las perfonas aquien
toe~
fe ..
Fªn
fus otligaciones,y mediante eíl:o
fe
pueda mejor acu
dir al cumplimiento
y
execucion de lo difpuefro en el di–
cho
~inodo,mi
volun!ad
es, quefoimprima,y lleue
a
aq–
llas panes.
~or
Japrefeme
doy
Jicen~ia
al
Licenciado
Bar
·
..
.!,·
J. ·
tolome.
.. ·.
;¡.:~·.~··
..
~··
·.
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