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cic'hor
l}relado~ de
las
l(elíg.ioiie,·;
y
alo.r R.eliª
gíofos Curas
par:aque
por
1o
impedimento
ven..,,
g.a
o en fo
lugar dos Religiofos
c·on
fu
p·oder. Lo'
qua
l
ma od
mo s:pa
raq
to
cumplan
todos los
·fufo
dichos,
y
cada v no de porfi
por
lo
q
le
toca
en vir
tud de
faota
obediencia>y
fopena de
excomuníó
mayor
y
c!e trec<eo-toc peío.r
enfayados
para gaf.
tos de la dicha fioodo,
y
d.e que no viniendo fe
celebrara
,yh-ara
el dicho Cócilio Prooincial,y
fe
ordenara eu el
las
cóftitucione.r neceífarias,
y
les
pc,1rara
entero perjuicio
en
ÍiJ
aufecia
y
reueldia.'
Y mandarno, a vos
los
fofo
dichos,
y
a cada
vno
por lo
q
le toca que eftando juntos
{e
os notifiij
efta
oueft-ra
carta
a!écando
las notificaciones a
el
pie de ella. Y defde el día que fe publicare
hareis
que en
todas
las
Mifas
que
fe
celebraré,.y
facrifie
cios
que fe
hizieren,fe pongan
coleaas,
y
ora...
ciones de
el
Epiritu Santo para ~e en todo lo
que en
b dicha
fanta Sínodo
(e.probeyere,
y
or–
denare,
fe encamine a
el
mayor feruicio de Dio~
nueftro feñ.or,y
el bien
vnine-rfal
de
nueffros
ful,
ditas.E nteftim·0oio
de lo qual
mandam·o.r
dar
y
dimos elpreLnte
firmado
de
ouetha
mano)fe–
Jlado
con el tello de nueftras armas,y refrendado
del infrafcripto Secretario.EoGaamaga en veiu
te
y
f
et's
de Abril
de
mil
f
e-iícientos
y
_íeteota
y
dos
años.
Chrijlonal
Oli-ijpo
áe·
Gua1m,nga~
p·or
mandado del Ohrfpo .mi
f
eño¡r;
P.
lo(eph·Nuñetde //11/tn,icenuiP~
Setrctarie·