dicho1
t'reladot de hs .1{.eHgjonei,.
y
ilo1
Re1i""
gio1o1
Curas
paraquepor
I~
impedimento
ven–
gan en fu lugar
dos
Religiofos
con
fo
poder.
Lo
qual
maodam(1S•paraq
lo
cumplan
todos los
fofo
da
ho
,y
cada
vno de porfi
por
lo
q
le
toca en
vir
tud de
faota obediencia.y
Ívpena de excomunió
mayor
y
de
trecientos
pefo.r en
fa
ya
dos para
gaf–
tos é:le la dicha fioodo,
y
d'e que no viniendo fe
celebrara,yharael
dicho
Cócilio
Prouinciaf,y fe
ordenar-a eo el las
cóft1tuciooe1
neceílárias,
y
les
parara entero perjuicio
eo
(
1
aufeda
v
reueldía.
Y
mandamo1 a vos
los
fufo
dichos,
y
a
cada
vno
por fo
q
le
roca
que eftando
iuotos
(e
os- notifiq
efta oueitra carta aféta
odo,
las
nocifícaciones
a
el
pie de ella. Ydefde
ef
dia
que fe
publicare hareis
que en tod-1$ las Mifas que
fe
celebrare,
y
facrifi–
cios que fe hizieren,fe
pon~o
coleé.tas-,
y
ora- .
'dones de
el
~pirito
Santo
para qoeeo
todo
lo
que
en
b
<lidia
fanta
Sinodo
fe
proóeyere ,
y
or–
dena
re,
fe encamine a ef mayor feruicio de Dios
nueftro feñor,
y
el
bien voioerf,S
de
oueftros
fub
ditas.Enteftimooio de lo qrral
mandamo1
dar
y
dimos el
prtC
ote firmado de
ouefframaoo,fe.
fiado
con el fello de
nueffras armas,y
refrendado
del
iofrafcripto
Secretario.EuGu-amiga
en vein
te
y
f!is
de Abril
de mil
leifciencos
y
feteota
y
do5 anosº
f~riflo1u1l
Obijpo
de Guamangq.
Por mandado del Obiípo mi feñor;
D·. lo(epb Nttñe'{de Villt1vicencrl
Secretario·