CO -DE
DE
CASTELL R.
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cau a
toce ntes á la real hacienda. En fin
.
.
pro1nulgaron inuchos bandos ya para moderar el
·lujo excesivo en túmulos
y
coches, ya para re–
primir los a1nanceba1nientos y de afios, ya sobre
otros ra1nos de policia.
1
A procLn'· r la con er acion del órden en Li1na
por la noche,
alian ademas de
lo
alcaldes
ordinarios y del crín1en
á quienes tocal a la
ronda, la
l atrullas de infantería desde las siete
hasta l as once, y las de caballería desde e a hora
hasta el a1nanecer . Con
·~l~uno
e
car~iento
y
otras inedid·a
de policía relativos
' las pro–
r nquil ·dad
'eneral Y.
estable , sin
o:
rier n d:e ·
'l~aci
memo–
rables en la va ta e tension del Vir inato. Las
reales cédul
se cum
ian con e./traordinaria
exactitud.
«
Tambien hallaria V. E., deciael Conde
al Arzobispo, en los sobrescritos de todas v cada
..,
I
una de las cédulas del tiempo de mi gobierno
razon de su puntual
jecucion, re puesta á su
?\1:ajestad, y de l· s dilio'encia he ha
6
encar–
¡jadas, curiosidad que
f
Ita en la de todo
los
gobier:qos antecedentes. En el mio observé con
Tan precision y puntu lidad reinitir al tribunal
le cuentas y oficiales reales, luego que llegaban
los avisos de España, todas las cédulas, tocantes
·i
la hacienda real, y su ejecucion
á
estos n1i-