.Tit. III. de los Prelados
y
Clérigos.
z z 9
,los frutos de la Vacan te
132 XXV .
,Ha de en-
,que se le aplica .
,trega r el Sub-Colector los
J
30
XXIII. ,Resérvan-
,expresados bienes muebles
,se para el uso de l os
fo
tu-
,y
demas adornos a plica dos
,ros PreJados todos los mue-
,para el uso
del
futurn Pre–
, bles y adornos que se en-
,lado
al
Mayordomo
ó
pe r- •
,cuentren en los Palacios
,sona que éste nombrase,
,de las Micras , así en las
,con la obligaQion de con–
,Ciudades como en la Cam-
,servados , y de responde r
,paiía.
,de ellos,
remi~iendo·al
Co-
131
XXIV.
,El
Sub-
,lector General ins1rurnen–
,Colector ha de formar in-
,to auténtico de esta entre–
,ventari.o de todos ellos,
y
,ga
y.
obliga cion.
.,hacer su tasacion para Fe-
J
33
XX VI.
,A
la
muer–
,mitirla al Colector Gene-
5
te
ó
prom0cion del Prela.,–
,ral , quien en su vista de-
,do se han de recorfocer es–
,clarará con ex¡¡¡>resion
y
,tos muebles con presencia
,elar:dadfosmuebles
y
ador-
,del i.nvenrario; se ha n de
,nos que reserva
ái
los futu-
,reparar los deteriorados,
y
,ros Prelados, procurando
,reintegrar los que falten
á
,sean aqu ellos que corres-
,costa de su Espolio,- para
,ponden á su Dignidad, mo-
,que sirvan
á
los Sucesores,
,deracion y buen exemplo
,practicando en tod as sus
;de su ministerio Pastoral;
,Vacantes
ó
promociones
,y los <lemas, como alhajas
,esta misma formalidad.
,de oro
y
plata,
ó
de otra
134 XXVII. ,Se
ha de
,alguna clase, que no sean
,encargar
á
la
prudencia
y
,conformes con la modera-
,discrecfon de los Prelados,
,cion de los Prelados, <lis-
,que err atencfon al benefi–
,pondrá se vendan d esde
,cio que de esta providencia
,luego , aplicando·isu pro-
,resulta.
á·
sus Sucesores
y
,dueto al socorro y limosna
,Diocesanos, procuren ar–
,de los pobres Diocesanos.
,reglar estos adornos
y
mue-
,bles