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o
XV.
.
·31'
·~1erna
Jupplicia perduxit,
in
diejque,
fa/lente
Dia-
bulo
,
perdu.cit.
·
'
5
Para efl:os cafos,
y
otros femejantes, firve
la dot.'hina del P. Leandro, que es limitacion
de
aquelb. Regla. Aífen tando efl:e Padre ,_'que _laSa.:..
grada Euchariftia fe ha dé adrninifl:rar por Viati–
co al-Enfermo, aunque no efl:e en ayunas,
dum–
modo lnfirmus
Jit
in mortis prohahiti pericuto;
y
di–
-ciendo, fobre la exifl:encia de efl:e peligro,
in
quo
judicio
Medici
flandum
efl;
añade luegq muy
a.
nnefl:ro intento ,
niji aliunde conflet.
De manera,
que
íi
diúrnuhndo los Medicos y Cimjanos,
o
caUando los Pa,rientes y Domeíl:icos, confl:a al
Par~
rocho,
Q
·por .
ft:1
,pr0prio j-u_icio, en vifta de
h1S
largas experiencias , 6. p0r el de otras PerfonaS'
peritas
y
experimentadas, ·que
el
Enfermo fe ha–
lla ya en aquel peligro de muerte, en que fe de–
be adminiihar el Viatico
j
entonces hablad. cla–
r o, con fervor y efpiritu
a
los Iviedicos
y
Parien–
tes,
y
no menos advertid. de ello al Enfermo con
fuavidad y modo; y
d~ fponiendole
para
ft.t
digna
y
fervoroú recepcion'
p::lÍ;,u a.
a
adniinifl:rarle efi:e
·Pan del Cielo.
6
Como en müchas Parrochias de la Ca.t;npa.:.
ña, en que no hay Medico
o
Cimjano para
ft.t~
Enfermos, y han de aeudir
a
vifitarl es los de otras
Parrochi:1s difrantes, fL1teda muy amenndo , que
an tes q'ue fe les avife, princip:1lmente para la.'
gente ordinaria y pobre )
o
bien· de[rJ.e una viíi ta.
a
otra ) aun para la gente acomodada
J
en bs·po–
cas vifitas que les hacen· ; eílen ya en el dicho pe–
-ligro
i
por eífo es mas precifo en-tales Parrochias,
y-
en cafos-femejantes> que·.
el
Parrocho
110
efpere
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~3
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