1
oG
CoNFERENCIAS DE GERONA,
Synod.Pifan-
ta.s pabbras :
Si noélurno tempore argeat
coinmu~
ren. a
n. 1699.
nicare lnjirmum
;
imminente jciticet diélo pericu!Q
fe{z· ¡
-.rP·4·
n.
mortis, nunquam ex alia cauja.
En lo mifino con-:-
1
.Aá~
~~!J~fia:
tdtan _comunmente los Synodos y Concilios: oy-r
Mediolan.tom.
gafe por todos
a
San Carlos:
Cum
vero ad
v'Egros.
1.
part.r. Conc.
omni reverentia, omnique religioji cultus./fudio, at–
"Prov.
5•
fol.
que honorific·e
,
quoad jieri potefl
,
affirenda iila
jit,-
107.
neque id noflu commodejieri queat; vetitum
propter~
M
Jit
,
ne noflu ajferatur
,
niji
v.Egri mortis pericu-.
Jum
inflet.
Por configuiente ,
ú
el
Enfermo,
a
la
maña'na
'o a
la tarde, fe halla ya en peligro
gra~
ve de muerte, de manera que ya es tiemp)Q
y
ocafion de adminifi:rarfele el Viatico ; y fin em–
bargo
el
Medic;o, ·Parientes, y Parrocho lo difie–
ren para la noche; éometen
a
un
~11Ífri10
tiempo
dos notabilifsimas faltas. La
una,
en no admi–
nifi:rarfele la mifina manana
o
tarde' que era
íii:
tiempo proprio; exponiendofe
a
que dei}mes,qui–
za'
no haya tiempo: y la otra' en diferirlo para
la
noche' que es tiempo improprio
e
intempefi:i–
vo
p~ra
tales Enfermos ; pues la noche, propria–
mente hablando , folo es para adminilharfe
a.
aquellos Enfermos , cuyo imminente peligro
fe empieza
a
conocer la mifi.11a noche;
y
no para aquellos , cuyo peligro
ya fe babia conocido
.
· de antes.
ASSUN..