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Regla Consueta.
Jd Rey
no,
y
Fºr
i
cy
Real,
se dtbcn
dt>cir
cada mes ucs
Misas, segun }a intencion del Soberano:
el
primer Viernes,
p0.r
el
Reyr.ance,
y
rns antepasados;
el
Sábado, por
la
sa–
lud
del,
.REY,
y
pró s perid~des
del
Efiado Rtal;
y
el
Lunes
por las
Alm~s
del
~urgacor
io: las que se
cumplir
an
indc.
fct'tíblememe,
a5iíl
iendo los Prebendcidos con honor
y
gr a.
titud.,
teniendo
m-.tscuidádo en eíla
corrcspondcn,ia,
que
s.i por ella hu
bicr
Jo de
ganar,
o
perder diílr
ibuc:ion (
a
) :
y
ten_drá cllídado el
Sacriscan
de que se pongan
el
paño,
y;
cirios en
Lr
de los
lunes.
'Tambien
son
del
numero
de
Mi-
.
s~s
obliP.atorias al ·Cabildo
c:n
calidad de
extraordinaFias,
las
.
'
siguienccs:
h ck
Renovacion
cada
mes, la de
P1ebendado~
vivos,
y
d'ifnntos: la
d~
Almu
en comuo: ·
ra
de San
Sebas.
tian; la de
diezinuevc
en
cada
mt:s:
y
en el
que
trahe
Vigift
· lia,
o
Tcó1poras,
se
añ~dira ,
la que corresponde,
despues
de
N.ona, asisci,ndo
á
ella todo
el .
Cabildo,
baxo de pena de
que se
I~
sacad
lJ falla
~I
que
no concurriese, como si
hu.
bie~\e
fc.iltado
a
la
Tercia {
b
),
corriendo'
lo mismo
tO
las
1
Misas
de
RQ~acio.nts~
y
Ferias de Q!!aresma, que se aíiadcn,
: segun
la
Rubrica del Misal: \.":on
advenencia,
de que
dlas
no dtben anrc::pooerse
a
la Nona, ni deben rezarse
por
mo.
ci.vo~n?,
bJxo de la pena de que perder
a.
la
diílrib~etgn
dd
d1a
el
que no
la
cantare, como tarnb1en
el que
si·
gt,iiiQdo~é
á
c~h:bnula
no
la
~ixere
despues de Nona,
en
con–
fo!mida4
de IJs
Rubr~cas,
cuyo
dc:sp1edo
no
es
tolerable.
1
Eo
(A
)
A~í
lo previno
el
Señor Villagomez al Cabildo de Lima ,
y
repiti<\ '
el
órJen, pcr vía
di:
encargo, en su Respuesta á dicho Cabildo. Punt.
4.
11. 1 ,
ful.
14¡
( b)
h
rnnforme
la
muir~
al
cap.
12.
de
la Consueta
de
la Plata,
num.
t
;;
y
por
lo que
toca
a
la Metropolitana de
~ima,
funda lárament.e el Se–
' .. ñnr
V
ilL. gomez la
c iblig~cion
que
rieneD
los Caf16nigos, de asistir á estas
i
Misas
or~e o adas
por
lds
Rúbricas, en la calidad Je
<;:onventuales,
y
por
ello
solen)nes. Pag.
1
5. punt. 5.
des.deel
n.
1.