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Regla Consueta.
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Pº\1~•;
pudietl
no
ofrcccr~c
,
rep:uo,
a
no :
haber
fi:ncéid~
1
el .
TtibPnnl
de Cruzada
pot
la ..Soperintcndencia
Gene–
ral
de
'Real
Hacir.nda.
El Fiscal no há
vi~. to
las Ordc·
.
(• 4.
nes dad'Js por
~u
Magest.aden
esta
materi~,
que se .
sien~
can
com9
cien.is,por
refercoda
de ·
1os
./\urore-s
Reyna,
y
t~achado
: ' al primero
n~ .
lo
ha
P,odido
ver,
y
en
d
segundo
no
las
ha podido
cnsontt_ar.
.1'\1iemras no
rt.g1'1C'.t<:
es~as
.
Rea
les
Ordenes, gue súpone
la
Regla
Con~
sueca; dc:bc:
eHarse
por
la opinion · dc:I
Sdíor
Solórza.
1
no..
que ·
asi~nta
no
gan~r
d
Prebendado_
distribucion
.,
.. Iguna, · no
obstante
ciuc su
no
residenci.J rr.sulcc
de
ta· ,
les ocupaciones, so.btt c¡ue
rccay~
. la
decision de
Ja
ley
3.
tic,
1
i.
lib.
1. ;
y
es
prattica·
universal
de
to–
das
las iglesias de
Esp<li-Ía,
en
·donde
estos oficiales gc:–
ne1ales
no se
tscusan de es[a ocupacion
con pretexco
alguno.
Concluye
el
e
apítulo de
Reúdcncia,
con
CJUC
d
·p,
t.bcndado ,
reo
remitido ..
a
España, en
calidad
de
tal,
·debe perder la
c6ngrua
·y :
distribuciones. Para
pai-
var
á
1
qua lquier reo
EdesiasriC:o
de
sus
Beneficios , 6
1
rentas canooicas
~
debe preceder sentencia ;
y
a5Í
si
la
remi Í9n
es
sola,
sin
que
su
Magefiad
-exprese
la
sus..
pi:hsioo
,
y
perce¡:>áon de los frutos _de
su
Ben~fi~io,
oo
-debe
suspcnderselc la
cóngrua,
o
p ~>rtc
decim.11 ·,
que
· fo
,
corresponde
en
Ja masa.
l.asdifh
ib~ci<?nes
cotidianas
son manuales, 6 gages
de
los
presenre~
;
y
en
ene
con–
c~pco
hablará
la
Regla
Consu·era. El
Seilor
Solor
za no
cr aca de la
J
ubibcion
de
los
Canónigo5,
que
rambico
se
há uacado en
la
Regla
Consueta al
· cap.
28.,
senran ..
·do que necesÍtaQ
licencia
de
su
Magefiad
par
1
a. obre–
neda;
y
en cíle
cooccpco,
cerno
estas disposiciones,
y
Ordenanzas de -la Iglesia del Cuzco ha()
de:
dirigirse
á
I;
1
s~s
Reales
p.ies •
dará su . Sobcrcn1a
las disposiciones que
(V
2.)
tU-