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efect1~ar

su q>rreccion en futuras edicioñes. Igualmente insinuamos se

nos comunique la existencia de otras medidas que con el transcurso del

tiempo poqamos cataloigar en la totalidad de las° existentes en

el

país.

'

C11al1uier persona que

0

utilice este folleto podrá darse cuenta exac–

ta de la dificultad que esta diYenidacl de medidas presenta no ·solo a la

Ad111i1listraáón Pública

.si.no

a todo im•estigador

q

estudioso

y

al comer–

cI.o e11 general. Es pues también necesario recordar al público en •gene–

ral que existen leyes en el País que obligan al uso del Sistema Métrico

Decimal en todas las transacciones comerciales 9ue se hagan dentro del

Territorio de la República. La Ley de Pesas y{Medidar del año

1893,

se reglamentó e11

el

aiío'

1'931

sin conseguir que se las cumpliera: ley

y

reglamentación que para mayor ilustración se transcriben 1en

el

pre–

sente folleto. Esperamos que pc;co a poco

~l

público yaya dándose cuen–

t1 dr la necesidad de dar r.umplimienl'-0 a.l uso del Sistema Metrico De–

cimal en totfas las transacciones

,Y

actiYi<lade; en las que se reqt!iera

la utili.(aáón de pesas y medidas.

D

1

R E

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C .I

O

N.