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IX

respondiente•

lt

cada uno de estos caracté res,

y

sobre todo la

extension

y

lirnitacion de la autoridad propia del primado. Prue–

ba que

est~

autoridad no es absoluta

y

arbitrao·ia: sino regular

y canónica: que es inferior

á.

la de la iglesia universal: que no

puede usurpar, comprimir ni embarazar In de los obispos: que

estos reciben inmediatamente de Dios y no del papa, toda la

que

nece~itan

para el g·obierno de sus respectivas diócesis:

• que por virtud rle su ordenacion so n jueces natos de la fé;

y

concluye, que para ser obispos no necesitan

de

nombmmiento

ó

confirmncion de l papa, J"que e legidos

y

consagrados, gobier–

nan sus diócesis con plenitud de autoridad, pudiendo dar todo

g é nero tle dispensas, absol ver tod>t especi" de casos reserva–

~os,

y ejercer todos los actos propios de su ministeo·io, si n ne–

cesidad de permiso ni autorizacion extraña, ni m.as sujecion

que la de las reglas canónicamente establecidas.

En último lugar habla .de la parte que tiene el papa en las

discusiones doctrin ales por razon de su po·imado, y sienta

máximas y principios muy juiciosos

y

necesa o·ios para arreglar

la sumis ion que le es debida. Con este motivo habla de la au- ·

toridud de sus juicios

y

de los de la sede apostólica: desva ne–

o::e In q uimern de la infalibilidad pontificia ; y con respecto

á

la

santa ede, distingue muy ingeniosa

'y

sólidamente la infalibi–

lidad de la indefectibilidad , que es la prerogativa de que g·oza

por derecho divino en virtud de las promesas de J esuo::risto; y

prueba que se puede ser católico y muy puro, no apartarse del

ce ntro de unidad,

y

mantener la comnnion con el papa

y

su se–

de, disintiendo de uno y otra en puntos doctrinales, sujetos

á

controversia, oscurecidos por e l la pso del tiempo,

y

aun no

decididos por In autoridad competente. Por donde verán los

g·obieroos

y

prelados americanos, que con mucha mas ra7.on,

restableciendo sobre los de pura disciplina el sauto y primitivo.

régimen de la iglesia católica

en bien y provecho de las su–

yas y de sus estados, sin anuencia y aun contra la voluntad ex–

presa del papa , no dejarán por eso de ser católicos y de comu–

·nicar con é l

á

despecho suyoJ si conserva n íntegro.,¡ depósito